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Monitorio. PLAZO Demanda Ejecutiva

1 Comentarios
 
27/10/2011 14:02
A partir de 20 días.
Art. 548 de la L.E.Civil.
Monitorio. plazo demanda ejecutiva
27/10/2011 12:55

Hola a tod@s,

Necesitaría saber cuál es el plazo para interponer demanda de ejecución para proceder a su despacho una vez que se ha archivado el proceso monitorio (no ha habido pago, ni oposición del deudor)

Seguramente será una cuestión muy simple, pero no encuentro fundamento jurídico que me lo indique.

¿En qué artículo se ubica?

Gracias por adelantado