Yo creo, estoy convencido, que es vía monitorio, pero me gustaría saber otras opiniones:
el supuesto es un arrendamiento de obra( fontanero, pintor, electricista... ), factura 10000 €, no le pagan, le reclama 20 +o- veces. Paga a los 3 años, 8000 €. Quedan, 2000, le sigue reclamando y ya, por último, a través de abogado-burofax y no paga: ya no puedo ir vía monitoria porque ya ha hecho un primer pago? o sí?
Si puedes ir a monitorio. Ademas puedes exigirle los gastos de requerimiento y los intereses devengados desde el primer requerimiento fehaciente de pago, es decir, desde el primer burofax que le has enviado siempre y cuando te cerciores de que lo ha recibido.
Un saludo
yo consideraba lo mismo que tú, pero no estaba del todo seguro.
De todas maneras, si no tomo el proceso monitorio me queda la duda de si tengo que ir a la vía verbal u ordinaria, porque la reclamación es de - de 3000 €, pero la factura es de más.
Y los intereses?
Gracias
Comprueba el criterio de tu Audiencia Provincial, y, sobre todo, si te interesaría ir a una apelación por no estimarse la reclamación de los intereses. No es la primera vez que un Juzgado inadmite esa reclamación, y lo digo por experiencia (a pesar de las reclamaciones fehacientes).
Si la reclamación es inferior a 3.000 euros, aunque el importe de la factura sea mayor, el juicio procedente será el verba.