Muchas gracias,
Mi única duda ahora (ya se que es una tonteria pero no se como se puede hacer de la manera mas correcta) es que en el caso de que se opongan al monitorio en el juicio verbal ¿puedo dirigir yo el procedimiento y representarme a mi misma o es mejor que lo haga un compañero??
Gracias de nuevo.
Hola mariav:
Has de tener en cuenta que una Jura de Cuentas sólo se puede interponer cuando tú has actuado procesalmente en el Juzgado conforme al art. 35 de la LEC.
En el caso que planteas es mejor un monitorio presentando tu factura y documentos que estimes oportunos, según los arts. 812 y ss. de la LEC, MÍRATELOS, además también es ejecutivo.
La competencia es del Juzgado de 1ª Instancia del domicilio del deudor o lugar donde pueda ser hallado. Saludos.
Hola a todos, soy abogada principiante y ya me he encontrado con clientes que no pagan, en este caso al cliente le demandaron por despido improcedente y llegamos a un acuerdo con el trabajador por lo que no hubo juicio, yo le cobre lo correspondiente por todas las horas de estudio de documentacion y entrevistas con el otro abogado y ahora no me quiere pagar. Mi pregunta es: como debo reclamarle, mediante jura de cuentas o mejor por procedim monitorio. Dudo porque al no haber juicio no se si se puede jurar y no tengo ni idea de donde se presenta el escrito, o de si es un escrito o una demanda.. nada, así que por favor asesorarme.
Muchas gracias.