Muchas gracias por tu contestación Princeps Augustus, acabo de enterarme a ciencia exacta de quienes son los herederos, tengo todos sus datos. Me sigue cabiendo una duda, si entablo monitorio contra los cuatro herederos, ¿se me pueden oponer?, ¿como voy a saber los bienes a embargar si no se si la han aceptado a beneficio de inventario?. En el supuesto de optar por interponer una demanda de juicio verbal, ¿ a quién debo demandar exactamente, a la masa hereditaria del fallecido o solo a los herederos?.
Perdón por tanta pregunta, pero estoy un poco liado. Muchas gracias.
A veces no todo puede decidirse en el proceso monitorio cuando se trata de reclamar cantidades, efectivamente no puedes reclamar contra ignorados herederos, por lo cual entiendo que podrías intentar previamente unas diligencias preliminares a fin de averiguar efectivamente quienes son los herederos y verificado esto, entablar el juicio verbal oportuno. Saludos.
Hola a todos, el motivo de mi post es porque tengo un cliente que llevó a cabo una obrilla en un piso por valor de 1.500 euros, al ver que el hombre que le contrató la reforma no le pagaba, ha decidido entablar acciones contra el, pero con la mala fortuna que ha fallecido hace dos semanas. Por eso me ha surgido la duda de cómo entablar el proceso monitorio. Sabemos quienes son los herederos y sus domicilios, pero ignoramos si han aceptado la herencia o la han repudiado, o en el caso de haberla aceptado si lo han hecho a beneficio de inventario o ha sido una simple aceptación. Otra duda es si en la demanda de proceso monitorio debo de demandar solo a los herederos, o por el contrario debo demandar a la herencia yacente en la persona de sus herederos.
Estoy un poco perdido, a ver si alguien me puede echar un cable. Un saludo y gracias por adelantado.