Monitorio contra 2 personas físicas A y B. A se opone al monitorio y B no comparece. Ahora se transforma en un ordinario pero solo contra A por haberse opuesto. ¿Se puede alegar cosa juzgada habida cuenta aque contra B se puede despachar ejecución?
¿Y por qué la postura de B habría de afectar a A? ¿Y por qué cerrarte puertas si puedes continuar la ejecución contra B mientras se sustancia el ordinario?
Yo creo que no hay cosa Juzgada contra B, siempre que su oposición se base en razones de inexistencia de la deuda o que vayan más allá de las puramente personales, dado que forma una suerte de "litisconsorcio"
Si la responsabilidad es solidaria presenta demanda de ordinario contra A y ejecuta el decreto que da por finalizado el monitorio contra B. Si tienes suerte en la ejecución contra B desistes por haber sido cobrada la cantidad adeudada y si no hay suerte continuas hasta sentencia.