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Momento procesal adecuado

3 Comentarios
 
Momento procesal adecuado
26/06/2006 11:13
Hola: Estoy contestando una reconvención que me plantean en un proceso sobre medidas a favor de un menor. En dicha reconvención, me allano a una de sus pretensiones; a otra me opongo a la cuantía pedida por estar falta de fundamento y quiero solicitar que se cite a un perito médico, o bien que al niño lo reconozca el médico forense (me piden dinero para pagar medicamentos pero mi cliente no conoce con exactitud el estado de salud del niño). Además, tengo que impugnar varias documentales (me lo dijísteis en estos foros...).
Para allanarse, sé que lo tengo que hacer en la reconvención, pero sobre las dos otras cosas, no sé dónde tengo que hacerlo: Impugnar la documental, ¿en la misma vista?, ¿en las conclusiones o en el momento en que propongamos prueba (son adjuntos a la contestación a la demanda); también se citan en la reconvención los mismos documentos adjuntos, ¿puedo impugnarlos en la reconvención?; la solicitud de que se cite al perito médico, ¿lo hago en el mismo escrito de reconvención?
Muchíiiiiiiisimas gracias.
27/06/2006 11:27
Estimada Troskia:

Debes diferenciar entre demanda y contestación propiamente dichas y reconvención y contestación a la reconvención. Procesalmente son dos cosas distintas aunque se resuelvan en la misma vista, así es que te serán válidas las normas contenidas en la LEC para demanda y contestación pero aplicadas a la reconvención, pues lo único que cambia es que el que era demandado se convierte en demandane en cuanto a las pretensiones de la reconvención y el que era demandante se convierte en demandado en cuanto a dichas pretensiones.

Un cordial saludo.
27/06/2006 13:30
Es cierto, he confundido los términos... Estoy contestando la demanda reconvencional, y mi pregunta es: ¿impugno en ella las documentales y solicito la citación de los peritos?, o ¿me espero a impugnar las documentales en el mismo acto de la vista y a citar a los peritos en los tres días siguientes a la notificación de la citación para la celebración de vista?
27/06/2006 17:01
Estimada Troskia:

El momento para impugnar las documentales es en el momento de su proposición ( la vista de juicio), aunque no pasa nada si adelantas que no estas de acuerdo con la documental aportada, al hilo de la argumentación de los hechos de tu oposición a la reconvención. En cuanto a los peritos, puedes adelantar que te interesa sean citados, pero el momento procesal oportuno es en los tres día siguientes al anotificación.

Por otro lado, recuerda que la impugnación de documentos prevista en la LEC no es del fondo, sino del documento en sí. Es decir, se impuigna tal o cual documento porque se considera que es falso, aunque también he visto jueces que te preguntan si te opones a los documentos no sobre el documento en sí en el sentido que te comento sino en cuanto al fondo.

De todos modos, cuidado: Si impugnas un documento en cuanto a su autenticidad, deberás proponer pericial si quieres que se admita tu impugnación. Y ya sabes que las periciales ( generalmente caligráficas) son carísimas.

Un cordial saludo.