Recientemente he sido nombrado de oficio para "recurso de reforma o subsidiario de apelación de diligencias previas".
Mi pregunta es por vuestra experiencia ¿merece poner el recurso de apelación como subsidiario al de reforma en el mismo escrito o es conveniente primero poner el de reforma y si lo rechazan poner el de apelación y así ganar tiempo para su preparación?
Yo suelo ponerlos en el mismo escrito. Recuerda que tras la desestimación del R. Reforma, aunque hayas puesto subsidiario de apelación, te dan un nuevo plazo para alegaciones complementarias.
Si vas muy pillado de tiempo, puedes hacerlo como señalas sin problemas.