Por partes, al estar en modulos, tienes que liquidar trimestralmente dos modelos si no tienes empleados a los que les retengas en nomina y tres en caso contrario.
1) el IVA lo pagas de forma trimestral en el modelo 311
2) el pago fraccionado del IRPF en el 131
3) si tienes trabajadores con retencion en sus nominas el modelo 110
Todos ellos trimestrales:1p 20 abril, 2p 20 julio, 3p octubre y el ultimo el 30 de enero