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modificar acuerdo ya tomado

5 Comentarios
 
Modificar acuerdo ya tomado
19/05/2011 20:30
En una Comunidad, se tomó el acuerdo por mayoría de ejecutar un nuevo vallado exterior. Se presentaron 3 presupuestos y se eligió el mas caro.
El acuerdo, no fue impugnado por ningún propietario.
Ahora quieren llevar ese tema otra vez a una nueva Junta, para proponer elegir otro tipo de vallado, porque un grupo de vecinos (que no impugnaron), no están de acuerdo con ese modelo. Entre medio ya se ha pagado la derrama para el primer vallado.
El caso es que ya existe un vallado, pero solo con falta de mantenimiento, por lo que la ejecución del nuevo vallado, estaría recogida en el art. 11. 2, por lo que no habría obligación de pagar cuotas superires a tres mensualidades.
Eso no se tuvo en cuenta en el primer acuerdo, pero ¿podría ahora sacarse a colación en esta nueva Junta, para votar en contra?.
¿Prosperaría la impugnación del nuevo acuerdo, aunque no se haya impugnado el primero?.
Por supuesto el coste supera mas de 3 mensualidades.
20/05/2011 08:35
Si no se impugnó ese acuerdo, creo que tendría pocas opciones de éxito.
20/05/2011 10:59
A mi parecer, tampoco entraría en juego el art. 11.2, dado que si el vallado actual está muy mal por falta de mantenimiento, la instalación de uno nuevo no es un innovación no exigible, si no que se quiere reponer la finca a su estado anterior, es decir, con un vallado en condiciones, aunque para ello hay que cambiarlo entero.
20/05/2011 20:40
El vallado actual esta en condiciones, aunque con falta de mantenimiento. Ese mantenimiento se puede hacer perfectamente con el fondo de reserva o con un presupuesto aprobado al efecto.
Nada (sino el capricho del Presidente) justifica eliminar el actual vallado para colocar otro.
Insisto entonces el planteamiento inicial, sobre todo la última pregunta.
23/05/2011 10:52
No veo problema en que se haga una nueva reunión y se elija un vallado diferente al elegido en la primera ocasión.
Una vez aprobado, empezará el cómputo de tiempo para impugnar acuerdos, por lo que cualquiera que haya votado en contra o estuviese ausente pordría impugnarlo. Tampoco vería probelma si en esta nueva reunión se decide no hacer un vallado nuevo si no repararlo poco a poco para no tener que hacer derramas. Nada impide que un acuerdo aprobado hoy, sea "desaprobado" (por decirlo de alguna manera) mañana.........
25/05/2011 14:30
saludos Acriton. En su primer post dice:

"El caso es que ya existe un vallado, pero solo con falta de mantenimiento, por lo que la ejecución del nuevo vallado, estaría recogida en el art. 11. 2, por lo que no habría obligación de pagar cuotas superires a tres mensualidades. "

Debo indicarle que esta en un error.

Ayer estube con mi abogado pues vamos a impugnar un par de acuerdos de la ultima junta de mi comunidad entrre ellos la instalacion de un pivote abatible. Pues me lleve una desagradable sorpresa. Resulta que la tendencia judicial es considerar barreras, pivotes, bolardos, rejas, cierres de todo tipo y vallado en general como UNA MEJORA NECESARIA. Asi se recoge en el MEMENTO (los profesionales sabran de que hablo) .

Si la comunidad se lo reconoce como mejora no necesaria no habra problema pero si lo tiene que pelear en el juzgado no lo tiene muy bien. Pelee por que se repare en lugar de instalar otro vallado y demuestre que no es necesario porque de otra forma no podra librarse del pago, segun yo lo veo.

saludos