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Modificaciones en sentencia definitiva

2 Comentarios
 
22/11/2019 09:49
Esther1992
También podría intentar la vía del art. 214, 1 LEC: rectificación de errores manifiestos.

Para ello no hay plazo: art. 214.3 LEC y 267.3 LOPJ: " Los errores materiales manifiestos y los aritméticos en que incurran las resoluciones judiciales podrán ser rectificados en cualquier momento."

Pero predecir el resultado sin leer en profundidad las sentencias es difícil.
22/11/2019 09:42
Esther1992
Si está en plazo, puede pedir recurso de aclaración.

Y también, si hubiera plazo, se podría apelar por incongruencia en el fallo, si éste contiene pronunciamientos sobre materias que no han sido objeto de la apelación.

Pero ya será tarde supongo: de todos modos, se ha abierto la ejecución, que es otro proceso, y en la misma cabe, como no, exponer todas las consideraciones que uno estime oportunas sobre la forma en que dicha ejecución ha de llevarse a cabo y sobre la interpretación que haya de darse al texto de la resolución ejecutada, con remisión a los párrafos de las sentencias que se estimen oportunos.
Modificaciones en sentencia definitiva
20/11/2019 07:49
En la sentencia de divorcio habla de la atribución de vivienda y sobre el pago de los gastos de suministros por que que disfruta de la vivienda así como el pago del 50% de los gastos de hipoteca.
Esta sentencia se recurre por temas que no tienen que ver con los gastos. El tema queda solucionado, pero en la sentencia definitva, dos años más tarde, el párrafo correspondiente a gastos ha sido modificado y ahora los suministros son al 50% mientras dure la atribución, así como una frase muy extraña....el 50% de la hipoteca se pagará sólo a partir de ese mes. (como si se le hubiera perdonado su parte de hipoteca de los dos últimos años, que nunca ha pagado!).
En ejección de sentencia, al reclamar la deuda, se hace mención de este párrafo, defendiendo de que el demandado sólo debe dos años de hipoteca y no cuatro). Es eso posible? Y segunda pregunta, se pueden cambiar condiciones en la sentencia definitiva que nunca habían sido discutidas en las apelaciones?.