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Modificación y abuelos

4 Comentarios
 
Modificación y abuelos
07/12/2004 17:13
Hola amig@s, vengo siguiendo el foro y lo veo de gran utilidad y espero también lo sea en estos momentos para mí. Estoy separado de hace 3 años, todavía no hemos solicitado el divorcio, el problema es que nuestra hija tiene 3 años ha empazado el cole y mis visitas son fines de semana alternos, pero aunque yo vivo a 200 km del domicilio de nuestra hija a mi me gustaría al menos recogerla en el colegio una vez cada dos semanas. Creo que el hecho que la pequeña me identifique con el colegio es positivo para ella, pero me gustaría saber si esto merece pedir una modificación del convenio aprovechando que el próximo año pido el divorcio. Para mí lo merece pues también me gustaría ver a mi hija al salir por la puerta del cole con la mochililla. Por otro lado en el convenio pone que "el padre recogerá a su hija en el domicilio materno" esto ha supuesto que cuando estuve enfermo (una pierna rota) mi exmujer no permitió que mis padres cogieran a nuestra hija para que estuviera conmigo. Me pregunto si mis padres (al no figurar nada sobre ellos en el convenio) podrían reclamar algún tipo de derecho para con su nieta, aunque sólo sea el disfrutarla los días que por imposiblidad mía (accidente, etc) yo no pudiera. Muchas gracias por adelantado.
07/12/2004 17:27
En el proceso de divorcio se pueden volver a discutir todas las cuestiones ya juzgadas en el proceso de separación previo y relativas a los hijos (patria potestad, custodia y régimen de visitas), pensiones (alimenticias y modificacion/extinción de las compensatorias si es que estuvieran acordadas con anterioridad), atribución del us de la vivienda famliar, etc.

El único problema que existe es la existencia de unas medidas de la separaciónque, guste o no, van a vincular el posterior proceso de divorcio. Ello no siginifica que tales medidas no puedan ser variadas o puntualizadas.

Con respecto a los temas concretos que planteas (lugar de recogida del menor y posible retirada del menor por terceras personas) he de decirte que, aún en la actualidad, el hijo menor de edad puede ser recogido por sus abuelos paternos, no hay ninguna razón lógica que impida tal circunstancia y si la madre exige que seas tú personalmente quien recoja a los hijos está a mi modo de ver poniendo trabas e incumpliendo con un régimen de visitas que le viene impuesto por la sentencia de separación. A mayor abundamiento, las personas que citas no son extraños para el menor de edad son precisamente sus abuelos con los que es natural y beneficioso que tengan una relación aparte de la ya acordada a tu favor.

Sin embargo, el tema de la retirada de la menor de edad en el colegio, y no en el domicilio de la madre, no lo veo del todo claro dado que si lo que se pretende es de disfrutar de la menor en cumplimento del régimen de visitas establecido (fines de semana alternos y estancias vacacionales) me imagino que con ella deberán ir equipajes o maletas por pequeños que éstos sean, entendiendo que lo más conveniente es que se siga con el sistema hasta ahora instaurado, es decir, que el lugar de entrega y recogida de la menor sea su propio domicilio que no es otro que el de la madre.

Un saludo
07/12/2004 19:50
Muchas gracias Alegato. En relación a lo de los abuelos ella lo que me dice en los mensajes es que en el Convenio pone "el padre recogerá..." y nadie más, como comprenderás me parece injuesto para los abuelos, para mí y sobre todo para la menor. ¿Que debo hacer si vuelve a pasar esto y les niega la entrega a mis padres en los supuestos anteriormente descritos?. Sobre lo del colegio es una pena, cierto es que en su día cuando me separé mi abogado me dijo exactamente lo mismo (equipajes, etc), pero nuestra hija en casa de su padre tiene todo lo que necesita (muñecos, cosas de aseo, etc, sitiéndose totalmente identificada con todos ellos), de hecho me es entregada sin equipaje. Un saludo y gracias de nuevo.
11/12/2004 20:20
Tienes una ley muy reciente que trata las relaciones de los abuelos con los nietos.ES MUY CORTITA Y MUY CLARA!!creo que te será útil.
Es la Ley 42/2003 de 21 noviembre.
La encuentras aqui mismo en el apartado de legislacion.
un saludo
02/01/2005 18:52
Tengo 3 nietas, una de ellas es de un hijo que está separado. Ni mi mujer ni yo podemos ver a nuestra niesta, excepto cuando mi hijo puede venir a vernos, pues vive y trabaja en otra ciudad. Mi mujer y yo creemos que nuestro contacto con nuestra nieta no es el suficiente pues siempre es muy timida con nosotros, pues la vemos una vez al trimestre. Es posible que nosotros tengamos un horario de visitas con nuestra nieta y si es así al llevarlo al juzgado podríamos tener abogado de oficio, pues nuestras pensiones no dan para muchos extras, aunque esto último es lo de menos pues nuestra nieta no es un extra es una necesidad. Gracias.