Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Modificación sustancial condiciones trabajo

9 Comentarios
 
Modificación sustancial condiciones trabajo
05/09/2012 22:46
Aunque he explicado mi caso como respuesta a otro mensaje, quiero contarlo por si alguien me puede ayudar o sirve de ayuda a alguien. La empresa me comunica que al amparo del art. 41.1 del ET, procede a la modif. sustancial de las condiciones de trabajo, en concreto la cuantía salarial, reduciéndola un 5,4%. Comunico a la empresa que ejerzo el derecho de rescisión reconocido en el art. 41.3. La empresa no entiende que no haya perjuicio y me indemniza. Solicito prestación al SEPE y la deniega, alegando el art. 203 de la lgss y que aunque he ejercido el derecho que reconoce el art. 41.3 del ET, el mismo se considera baja voluntaria, y que se trata de una situación legal de desempleo aparente con la única finalidad de acceder a la prestación. Si la empresa reconoce que se trata de una modificación sustancial, y si reconoce la existencia de un perjuicio y me indemniza, no entiendo en qué se basa el SEPE para denegar la prestación. Antes de resolver tuve que presentar el escrito de la empresa y mi respuesta, y en la reclamación posterior he aportado el justificante bancario del ingreso del cheque, ya que no guardé fotocopia del mismo. ¿Qué pensáis al respecto? ¿Qué respuesta puedo esperar por parte del SEPE?
06/09/2012 10:38
1) Que salario tenías?? la reducción de salario a que afectó?? (al salario base, a la productividad, algún complemento concreto, etc).
2) Cual es la causa que alegó la empresa para la modificación sustancial de condiciones?? Y realmente existía la causa o era falsa??
3) Cuando fué la última vez que disfrutaste de prestación por desempleo?? y porque motivo?? (cual fué la causa de la situación legal de desempleo)??.
4) La modificación de la empresa fue colectiva o individual?? (afectó a toda empresa o sólo a tu departamente).
La cuantía del salario que percibias y que resultó modificada estaba en convenio colectivo? si es así se siguió el procedimiento de descuelgue de convenio??
Hubo acuerdo en el periodo de consultas con los representantes de los trabajadores??
5) Tu salario estaba por encima de lo que fijaba el convenio colectivo? la reducción afectó a la cuantía por encima de lo que establece el convenio, pero respetando el salario que fija el convenio??
6) Sabes si a la empresa le levantaron acta la ITSS a solicitud del SEPE por posible connivencia para obtención indebida de prestaciones??. Si es así...sabes lo que alegó la empresa...pudo alegar algo en tu contra (por ejemplo, que tu querías irte al paro) para que así por colaboración la inspección a la hora de imponer la sanción no fuera tan estricto?? Si hubo actuación de la ITSS en la empresa y el funcionario actuante requirió la comparecencia de tus compañeros...sabes si estos manifestaron o declararon algo que pudiera perjudicarte, y que el inspector o SEPE hayan podido contrastar??

Son muchas las preguntas y datos que no das...a veces el SEPE se equivoca....pero normalmente siempre hay motivos o indicios de fraude cuando se adopta una resolución de este tipo. Igual si das más datos...se puede aportar algo más...pues el SEPE también se puede equivocar, pues dado el fraude que hay en prestaciones en ocasiones on muy estrictos con el tema de los indicios de fraude. Igual no es tu caso...pero hay que conocer todos los datos..para ver que pudo valorar el SEPE para valorar.

06/09/2012 10:55
Te respondo:
El salario estaba por encima de convenio, y todo como salario base. Con la reducción planteada seguiría estando por encima de convenio. Se planteó como modificación individual. La empresa alegó causas económicas, sin especificar más. La última vez que cobré prestación fue en 2004, por no superar el período de prueba. Desconozco si levantaron acta a la empresa por posible connivencia, ¿cómo podría averiguarlo?
06/09/2012 11:52

Leí en enlace que otra persona ponía en el otro post..
1) Tu mismo dices que no existían causas económicas.

2) La empresa no justifica las causas.

3) La empresa alega causas económicas y sólo te rebaja a ti el salario cuando hay 50 trabajadores en la empresa. Justificar que va a superar las causas económicas que motivan supuestamente la modificación rebajando a 1 trabajador el 5,4% del salario, cuando ese salario es superior al establecido en convenio, es más que sospechoso, yo tampoco me lo creería. Entiendo que se está utilizando un precepto legal en fraude de ley.

4) Yo supongo que el SEPE controlaría esto...a la vista de los documentos que presentaste (modificación sin especificar causa, una bajada del salario quedan aún así por encima del convenio, que sólo te afecte a tí, como se justifica que se supera una situación económica negativa bajando un 5,4% del salario a un trabajador en una empresa de 50??). También es probable que requiriera la colaboración de la ITSS a efectos de comprobar la posible connivencia y otros aspectos de la empresa.

Yo creo que existen indicios suficientes como para que el SEPE pidiera la colaboración de la ITSS y esta comprobase la situación de la empresa.

Además...está el tema de la última vez que cobraste la prestación, que habría que ver todas las circunstancias...no se si fue por resolución del contrato durante el periodo de prueba en la misma o distinta empresa. Si fue en la misma empresa ya es un poco sospechoso.

06/09/2012 12:35
Efectivamente, una modificación sustancial tiene que tener unas causas, si estas no existen o no se especifican en la carta de comunicación de la modificación, es posible que el SEPE vea indicios de fraude.

SALUDOS.
06/09/2012 12:57
La última vez que cobre la prestación fue por resolución en período de prueba, y era otra empresa.
En la carta la empresa alegaba causas económicas, aunque sin especificar más.
Os explico la situación completa:
En marzo la empresa presenta a cada empleado, a todos, de forma individual, un pacto de mutuo acuerdo para la reducción salarial, el cual yo no firmo por los siguientes motivos:
- entiendo que debió tramitarse como una modificación sustancial de carácter colectivo
- aunque las causas económicas claro que existían, mi departamento ingresaba al grupo el 70% de los gastos generales del mismo, por lo que anteriormente se nos había informado que a nosotros no nos afectaría la medida en caso de que se adoptara.
- entendía que no era la solución, más cuando en los meses anteriores se había contratado personal directivo en puestos de nueva creación, se mantenían departamentos carentes de contenido en ese momento, y se sustituían directivos por otros con un mayor salario.
Por todo ello, y al tratarse de un mutuo acuerdo con el que no estaba en absoluto de acuerdo, no lo firmé, al igual que otros siete compañeros.
De los 8 que no lo aceptamos, 2 fueron despedidos por causas objetivas, y a los otros 6 se nos comunicó la modificación sustancial individual. Cuatro compañeros lo aceptaron, y otro compañero y yo no, por los motivos expuestos anteriormente y porque la relación con la empresa en ese tiempo se había convertido en insostenible. Esta persona tramitó su solicitud de prestación y se resolvió favorablemente, no así la mía.
Si alguien ha cometido fraude entiendo que no he sido yo.
06/09/2012 15:08
Adelante y animo, creo que tienes toda la de ganar, si puedes justificar que te han indemnizado, no veo el fraude por ningun lado, tú no has hecho la ley. Se de dos casos con nombres y apellidos que con 63 años han simulado despido sin que hubiese dinero por medio y les han concedido el paro sin decir ni pio. En este caso si que hay fraude. Te pediría que cuando sepas la resolución final nos la comunicaras. Gracias
06/09/2012 15:40
Gracias, en cuanto sepa algo lo comunicaré. Estoy a la espera que digan algo de la reclamación que presenté el 8 de agosto. ¿Sabéis si se puede obtener por internet antes de que llegue por correo? lo digo porque la resolución la descargué de la web el 27 de julio y me llegó por carta el 24 de agosto. ¿Ahora también podré? Es para poder ir adelantando el tema judicial, pues supongo que tampoco estimarán la reclamación. A la reclamación acompañé justificante bancario de ingreso de cheque por el importe del finiquito (liquidación e indemnización) que también presenté, pues no guardé fotocopia del cheque. Supongo que será suficiente
13/09/2012 19:08
Acabo de ver por internet que me han aprobado la prestación, pero pone en fecha de solicitud la fecha de hoy, 13 de septiembre, y no el 11 de junio que es cuando la solicité. ¿Alguien sabe si me pagarán desde el 11 de junio o desde hoy?
15/09/2012 00:05
Me alegro, y por simple lógica te tienen que pagar desde el 11 de julio