Buenas tardes,
Tengo un inquilino desde hace unos 7 años. Cuando alquiló mi piso, en la terraza del salón estaba ubicada la unidad exterior del aire acondicionado.
Ahora mi inquilino me pide si es posible pasarlo de la terraza del salón a la fachada, imagino que para liberar espacio en la terraza y tener más sitio, además imagino que como hace ruido querrá alejarla un poco.
He mirado los estatutos de la comunidad y, cumpliendo ciertos requisitos de ubicación y demás es posible ubicar la unidad exterior del aire acondicionado.
A mi no me apetece gastarme un duro en eso, me imagino que cómo cuando entró el inquilino la máquina estaba ubicada en el interior de la terraza, no estoy obligado a hacerlo pero me gustaría tener la confirmación de un abogado o experto.
Os agradecería que resolvierais mi duda.
Quedo a la espera de vuestra respuesta.
Gracias por adelantado.
Un cordial saludo.
Por supuesto que no está obligado a hacer nada de eso.
Usted puede considerar si hacerlo o no, si le interesa o no, pero desde luego que no está obligado.
Buenos trades, mi inquiring tras nueve dias, ademàs de otras cosas, me dice que, la calefaccion no funciona con mal estilo, le digo que me pongo a ello pero que tenga en cuenta las fechas...tiene dos bombas de calor, suficiente para dar calor y ella, erre que erre.
Mi pregunta: en el contrato no se menciona la calefacciòn, teniendo otra fuente de calor, estoy obligada a reparar?
Gracias
Hola 61canyhas
Soy el que ha abierto este Post, y mi consejo es que, Como tu duda es nueva, la pongas fuera de aquí porque no te van a ver casi, quiero decir, es mejor que lo pongas como nuevo tema para que tengas más visibilidad y te puedan ayudar mejor.
Desafortunadamente, tiene mala pinta tu inquilino, no sé lo que te dirán por aquí los expertos, pero se puede sacarle lo antes posible creo que te vas a evitar muchos problemas.
Yo tengo mi piso alquilado a través del Agencia Negociadora Del Alquiler. Se quedan con una comisión, pero duermes tranquilo en principio.
Un abrazo
En principio si tendria que repararlo porque usted ha alquilado el piso con ese elemento y por tanto el inquilino tiene derecho a usarlo.
Otra cosa es que haya otros elementos para calentar la vivienda o que el inquilino no pueda probar (porque el contrato no dice nada) que esa calefacción estaba prevista en el contrato.
Pero desde luego, en principio, tiene que arreglarlo.
Mi opinión es que si la bomba de calor está sólidamente instalada en el inmueble, tal como suele ser habitual, deberá usted repararla. Incluso aunque no se refleje en el contrato.
Hay muchas cosas que no se reflejan en el contrato casi nunca: la pila del lavabo, las luminarias, las rejas, las puertas... y suele corresponder su reparación al casero, más si tenemos en cuenta que hace nueve días que contrató.
No lo mire como un gasto sino como una inversión: la máquina es suya y cuidarla va en su propio interés.
Para futuras consultas es mejor que haga como le recomienda Mikilon: abra un hilo, porque muchas veces si un hilo nos suena como ya respondido ni lo miramos.