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Modificacion puntual

2 Comentarios
 
Modificacion puntual
25/02/2008 10:28
Me gustaría saber en qué consiste una modificación puntual de un plan en el que en la actualidad existen solamente normas subsidiarias y el plan general se encuentra en redacción. La parcela en cuestión es No Urbanizable y sería necesario el cambio de calificación de no urbanizable a urbanizable. Alguien me podría indicar como se redactan?

Muchas gracias y saludos a tod@s.
26/02/2008 02:05
el suelo no urbanizable no protegido (rústico normal o común) es urbanizable, sin necesidad de modificación puntual

si el plan general se encuentra en redacción, nada mejor que ese plan general para dar cabida a sus pretensiones

entre tanto no se produce la aprobación de ese plan general, puede usted ir negociando un convenio con el ayuntamiento

si hace las preguntas algo más concretas, podrá recibir respuestas más ajustadas
26/02/2008 09:56
Se trata del desarrollo de un area industrial. En la actualidad las fincas en las que se englobaría todo el área están formadas por las siguientes parcelas con la siguiente catalogación:

- Suelo Urbanizable Industrial
- Núcleo Rural
- Suelo no urbanizable

Mi pregunta es qué documentos sería necesario redactar para el desarrollo del área industrial.

Gracias Jecc.