¿Han necesitado una derrama para pagar ese trabajo? ¿Tanto ha costado?
En cuanto a la decisión, corresponde al presidente, y en principio sí que puede hacerlo (para eso está precisamente, para tomar decisiones sobre la marcha que no puedan esperar a la próxima junta anual). Seguramente, aunque no todos vds tengan conocimiento, alguien habrá informado de ese peligro (p.ej. si la pérgola se ha movido u oscilado en un día de viento, o si algún niño trepa por ella, con el consiguiente riesgo de daños personales).
También habría que ver qué es lo que aprobaron en su día acerca de la pérgola... Salvo que se acordase que tenía que ser "móvil", el hecho de que ahora se fije al suelo por seguridad no parece una moodificación que deba ser de nuevo aprobada por la junta incluso aunque no hubiera peligro.
Esto dice la LPH:
"Artículo 10: Obras de conservación y accesibilidad
1. Tendrán carácter obligatorio y no requerirán de acuerdo previo de la Junta de propietarios, impliquen o no modificación del título constitutivo o de los estatutos (...) a) Los trabajos y las obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble y de sus servicios e instalaciones comunes, incluyendo en todo caso, las necesarias para satisfacer los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal, así como las condiciones de ornato (...)"
Buenas tardes,
en las zonas comúnes de mi urbanización, junto a la piscina, tenemos una pérgola de madera. Ésta venia sujeta a unos maceteros también de madera. Hace unos días, unos operarios, se llevaron dichos maceteros y sujetaron dicha pergola con taladros al suelo de la piscina.
Toda ésta modificación se ha hecho sin aparecer en la orden del dia de ninguna de las últimas juntas, por lo tanto sin haber sido aprobada por los propietarios de la urbanización. El administrador dice que estaba peligrosa con el sistema anterior pero no teniamos constancia de ese peligro, si es que lo hubiera habido.
Mis preguntas son: ¿Puede el presidente de la comunidad y el administrador tomar ese tipo de decisiones sin haber estado reflejada en la orden del dia de una junta y por lo tanto no haber sido aprobado por los propietarios? ¿Tenemos obligación ahora de pagar esa derrama cuando ese cambio no era necesario?
Muchas gracias!!