Soy profesional del derecho y me encuentro en un caso complicado que me está costando sacar adelante. Resulta un padre que tiene que ver como su ex no cuida de su hija como debiera. Lo más repetido de la situación es que cuando la lleva a casa de su ex después de pasar el fin de semana con la meno, ésta no se encuentra o si está, lo está con unas copillas de + y con compñía masculina no muy afable con la niña. El padre lo ha denunciado en el juzgado y en menores y no hacen nada, ya que la niña nunca ha sido ingrsada en un hospital por malos tratos físicods, pero y los psíquico?. Me pide el padre que demande la modificación de las medidas, y de veras, siento como si eso no sirviera para nada. La menor tiene 9 años y se da cuenta de todo, me admitirán su testimonio como prueba. El padre se me puso a llorar y nada más salir del despacho tardó sólo media hora en traerme el poder para pleitos, por lo que le creo, además, me pidió que no pusiera pensión alguna a pagar por la madre y un régimen amplio de visitas para ella. El padre esta casado por 2ª vez y teine 2 niñas pequeñas. Me da miedo no hacerlo bien, porque la situación de la niña, si bien no es gravísima, si que es preocupante, ya que su educación tiene demasiadas carencias.
Decidme, aconsejarme o apoyadme!!!
No todas las abogadas vamos a favor de las mujeres, yo, en mi corta carrera, ya me he escandalizado y he rechazado seguir "ciertas recomendaciones" de clientas que lo que quieren es vivir a costa del marido e hijos pero sin la carga de cuidarles y demás, ya me entendeis...........
ÁNIMO!!
Antes de iniciar el estudio del caso, tienes que recabar información: si cuentas con testigos o no para lo cual tu cliente deberá realizar las entregas y devoluciones de su hija al domicilio de la madre acompañado por una tercera persona de confianza que pueda servir de testigo; en el colegio si se han dado cuenta de la situación es posible que también estén actuando o faciliten a tu cliente un informe de cómo va la niña al colegio o le informen bajo mano para informar a posteriori al Juzgado cuando se pida vía judicial un informe para ello tu cliente tendría que hablar el tutor; tienes también a los equipos psicosociales (yo ejerzo en LLeida y hay acceso directo a ellos, incluso el Juez les pediría de oficio un informe) paralelamente, tu cliente tiene que demostrar que está en condiciones de asumir la guarda de su hija (horarios laborales, compatibilidad de la vida laboral y familiar etc) y, sobre todo, que está en disposición de dar a su hija estabilidad emocional, física , económica y psíquica. Sí te digo que el informe psicosocial, amén del resto de pruebas, será determinante al igual que lo sera el Fiscal. Espero haberte sido de ayuda y cuando sepas con qué información cuentas y con qué pruebas puedes contar busca base jurisprudencial, porque existe. Espero haberte sido de ayuda. Un saludo.
Estimado compañero: Comparto las opiniones que te ha dado Ines y, con independencia de ellas, quedo a tu entera disposición por si quieres consultarme algo a nivel profesional.
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