En el contrato de arrendamiento figura que debo abonar tanto la renta como los suministros (luz, agua) en un determinado nº de cuenta.
El arrendador me ha pedido verbalmente que realice dichos pagos en efectivo (en metalico), extendiéndome el correspondiente recibo.
¿Debo recoger en algun documento, firmado por ambas partes, la modificación de dicha forma de pago?.
Muchas gracias.
Hola Pollorino. La verdad es que si le extiende un recibo cada vez que usted paga la renta NO existirá problema alguno. Lo de recoger en el contrato una modificación acordada verbalmente por las partes- en su caso NO es una modificación sustancial - es simplemente la forma más correcta de hacerlo.