Hola, a ver si alguien me puede ayudar, expongo el caso:
Una empresa tiene 4 trabajadores en España con una resistencia por traslado intraempresarial (Ley 14/2013) son de Perú. El permiso de los trabajadores caduca el 30 de junio del 2024, y ahora quiere contratarlos la empresa española a la que han sido trasladados y para ello entiendo que procedería una modificación de su permiso actual a una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena. Esto se podría en base al artículo 200 del Reglamento de Extranjería?
Es necesario presentar la modificación con 60 días de antelación o 90 días después a la caducidad de su actual permiso de residencia o se podría presentar la modificación una vez transcurrido 1año y un día? (El permiso de residencia se lo concedieron en febrero del 2023, pero no entran en España hasta mayo del 2023)
Si se presenta la modificación y les caduca la vigencia de su actual permiso sin estar todavía resuelta, habría que avisar a UGE, o se tiene que seguir renovando la anterior hasta que les concedan la modificación?
Perdón por la extensión y espero haberme explicado bien, espero me podáis ayudar.