Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Modificación de recalificación de terreno rústico.

3 Comentarios
 
Modificación de recalificación de terreno rústico.
18/11/2019 10:09
Tengo una parcela de unos 5.000 metros cuadrados que en su día estaba catalogada como rústica, hace 10 o 12 años la recalificaron y la catalogaron como urbana y en el informe técnico del Ayuntamiento la describen como suelo Urbano no consolidaddo incluido en una Undidad de ejecución de carácter Industral, junto con otras cuatro parcelas. No se ha construido nada por ningún propietario y el Impuesto que nos cobran es bastante elevado. ¿Podría caber algún tipo de reclamación al Ayuntamiento para que las calificara nuevamente como rústicas ya que la mayoria de los propietarios no tenemos ninguna intención de construir y además las parcelas estan muy próximas a una Rambla con el consiguiente riesgos de inndaciones?
18/11/2019 13:23
Astra2009
A pesar de la clasificación urbanística informada por el ayuntamiento, en el supuesto de que no esté desarrollado, el IBI que ha de repercutírsele es el del suelo rústico.

Deberías plantear la cuestión en el Ayuntamiento y en el Catastro.
20/11/2019 20:15
Astra2009
El suelo no está desarrollado y hemos presentado un recurso para modificar la calificación al Catastro pero éste nos ha contestado lo siguiente:
"Vista la Rectificación de errores presentada por xxxxxxxxxxx con DNI xx.xxx.xxx-x, una vez finalizadas las comprobaciones oporunas, esta Gerencia, en virtud de las competencias que tiene atribuidas, acuerda NO INSCRIBIR la alteración catastral pretendida de los inmebles que se relacionan en el presente acuerdo.
Vistas las alegaciones presentadas,en relación con la finca xxxxxxxxxxxx, se informa que no se efectua modificación,siendo correcta la valoración de la misma, correcta, de acuerdo con los parametros establecidos en la ponencia de valores vigente en el municipio y las condiciones urbanisticas que se expresan en el Inf. Técnico Municipal."
21/11/2019 13:53
Astra2009
Pues me parece que la alternativa que te ofrece el Catastro es solicitar al ayuntamiento proponga al Catastro la revisión del valor catastral mediante inicio de un procedimiento de valoración colectiva, invocando la vigente redacción del artículo 201 del Decreto de 8 de febrero de 1946,