Me cuentan que es posible con un escrito al Juagado por uno de los cónyuges, sin que intervengan ni abogados ni procuradores, solicitar una modificación de medidas de modo provisional. Para las medidas definitivas si habrá una vista en la que intervendrán abogados y procuradores.
¿Sabéis si esto es así o siempre son necesarios abogados y procuradores?
Un hombre quiere una modificación de medidas de su sentencia de divorcio. Esto debe solicitarlo a través de abogado y procurador. Como este trámite se hacía muy largo (estaba en espera de que le aprobaran un abogado de oficio), le recomendaron que presentara un escrito al juzgado, indicando que se empezaba a hacer efectiva esta modificación, hasta que hubiera sentencia firme (en concreto era un cambio en la pensión de alimentos). Así lo hizo.
Unos meses mas tarde, en el juicio para dictar las medidas definitivas, su exmujer reclamaba que este hombre había actuado por su cuente, al haber disminuido la pensión de alimentos antes del juicio. Pero el juez, no le dío la razón a ella. Le dijo que no había nada que hacer y todo quedó como estaba.
Esto pasó en realidad. También es cierto que en este caso, estaba bastante claro que se iba a aceptar una modificación de las medidas, ya que su hijo mayor se había casdo y por lo tanto él no tenía porque seguir pasando la pensión.
Ahora, no se si tu caso es de pensión, de regimen de visitas o de que tema, ni el motivo y las circustancias concretas, porque depende mucho del caso.
Espero haberte sido de ayuda. Quizás si nos concretas mas el caso, podemos aconsejarte mejor.
Un saludo
Al estar casi dos año desempleado no me es posible pagar toda la pensión de alimentos. Quiero modificar medidas para reducir esta pensión o dar estos a alimentos a mi hija de casi 18 años en mi casa pero no quiero hacerlo unilateralmente. Quería hacer un escrito al juzgado y que este, sin abogados ni procuradores, me concediera la modificación y a la vez solicitar justicia gratuita para proceder con la modificación definitiva. No quiero reducir la pensión unilateralmente
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¿Lo veis viable?
Hola otra vez.
Hay algo que no me ha quedado claro. ¿quien tiene la custodia de tu hija de casi 18 años? Porque si la tiene su madre y convive con ella, hasta que no se emancipe o cumpla los 18 años, tu hija no puede recibir el dinero. Salvo que de acuerdo con la madre, le abriese una cuenta a nombre de ambas y le ingresaras alli el dinero.
Respecto a la reducción, lo que puedes hacer es presentar un escrito al juzgado (en registro), comentando que has iniciado un proceso de modificación de medidas, explicando los motivos de esta y que hasta que exista sentecia firme, vas a empezar a ingresar menos dinero, porque te resulta imposible abonar todo (hay un formato llamado modelo 0, que sirve para esto).
Al tiempo, deberias iniciar los trámites de solicitud de abogado de oficio, para poner en marcha el proceso.
Después através del abogado, se puede llegar a un acuerdo sin necesidad de un juicio y si esto no es posible (lo del acuerdo) habrá un juicio en donde se fijarán las nuevas condiciones.
Actualmente con la crisis, hay muchas solicitudes de este tipo, porque muchos hombres no pueden pagar lo que se fijó en su día en la sentencia de divorcio. Esto produce que se ralentice bastante el proceso, por eso te aconsejo que presentes el escrito y lo peor que te puede pasar, es que cuando salga la sentencia, la cantidad que te fijen sea mayor que la que tu calcules y te reclamen los atrasos.
Se me olvidaba. Si quieres conseguir el Modelo 0 del que te hablo, lo mejor es que te dirijas a un servicio de orientación jurídica gratuita, en donde además pueden informarte de todo esto.
Mi abogado me está preparanda una demanda para cambio de medidas(reducir la pensión) porque me han reducido la nómina y para solicitar la custodia compartida. Si presento este escrito y pago menos, la ex no puede solicitar el cumplimiento de la sentencia por vía penal?
En mi opinión lo que deberías hacer, es presentar el escrito en el juzgado, a la vez que inicias los trémites para solicitar el abogado de oficio. Además en dicho escrito, deberías indicar que HAS INICIADO LOS TRÁMITES DE SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE MEDIDAS, pero que hasta que haya sentencia firme, como te resulta imposible pagar la cantidad fijada en la sentencia de divorcio inicial, vas a empezar a pagar una cantidad x de modo provisional.
Me imagino que te pueden reclamar los intereses de los atrasos, pero en realidad yo creo que te compensa, porque supongo que sean pocos meses hasta que salga la sentencia y eso es mejor que lo contrario.
Me explico: en el caso que te conté en mi primer post, el hombre empezó a pagar 300 € al mes, por el hijo que aún vivía con la madre, desde el momento que presento el modelo 0 en el juzgado y hasta que salió la sentencia. En la sentencia, le fijaron una pensión de 215 € al mes. El ha reclamado la devolución de los 255 € que pagó de mas (85x3 meses) y a día de hoy, seguimos luchando para conseguirlo. Además en este caso, está muy clara la fecha en la que cambian las medidas (boda del hijo) y aún así, nos está costando conseguirlo (aunque no desesperamos).
La única duda que me queda respecto a tu caso, es si estar en el paro, se considera motivo suficiente pera la reducción. Ojo, para mi personalmente es más que suficiente, pero la ley dice que "se podrá reducir la pensión de alimentos, cuando varien las condiciones económicas del progenitor no custodio siempre que dicha reducción No sea TEMPORAL". No se si el paro se considera temporal, pero dada la situación actual que tenemos en este pais, no debería ser así. Como ya te dije, actualmente hay montones de casos similares y supongo que tendrán esto en cuenta.
Siento haberme alargado tanto, pero es dificil explicarlo bien con pocas palabras.
Pirata6954:
En el caso que comentas, la ex si que podría solicitar el cumplimiento de la sentencia, pero no creo que sirviera de mucho, ya que una de las causas de reducción de pensión de alimentos, es la disminución de ingresos del progenitor no custodio, por lo tanto lo mas posible e que esa demanda que preparas salga a tu favor. Si cuando salga la sentencia firme ,te reducen dicha pensión, la demanda que pudiera presentar ella, no tendría sentido. Como le he comentado a Mentha, lo peor que te puede pasar, es que la cantidad final que te fijen sea mayor a la que has estado abonando y te soliciten la diferencia.
Gracias a los dos por vuestra aportación. Sugerían, así se ha hecho, el presentar un escrito al Juzgado de primera instancia pidiendo que aprobaran unas medidas provisionales en las que se reducian los alimentos. Esta medidas serian sin vista previas ni abogados, que no era aconsejable reducir unilateralmente la pensión aunque haya que ponerse a mendigar para ello.
No creo prospere y hasta que no asignen abogado y haya una vista poco habrá que hacer.
Un saludo
Buenos días a todos, soy nuevo en este foro y me parece muy interesante lo que he podido leer hasta el momento. Mi caso es similar, salvo que disfruto de una custodia compartida, sin pensión de alimentos, pero con una aportación fijada en el convenio regulador para escolarización exclusivamente. En el momento del divorcio y por un cálculo demasiado optimista, consideré que la permanencía de los dos niños en el colegio privado en el que cursaban estudios sería posible. La cantidad a aportar cada progenitor se basó en los ingresos anuales de cada uno. Mi parte es un 73% y la parte de mi exmujer un 27%. Como decía, los cáclculos de viabilidad económica en nuestra nueva situacion de separados, fue muy optimista y casi desde el primer año, me he visto obligado a pedir dinero prestado para poder pagar el colegio, dada la negativa de mi exmujer a llevarles a un colegio público. A pesar de todo he conseguido pagar el colegio durante tres años, pero en los últimos meses, por gastos extraordinarios e inevitables, no he podido hacer mi aportación. Mi ex mujer ha tramitado un embargo de mi nómina, y le ha sido concedido, por lo que una vez descontado esto, con lo que queda, me es absolutamente imposible hacer frente al pago de la hipoteca (recuerdo que convivo en regimen de custodia compartida semanal con mis hijos), y al pago de la mensualidad correspondiente (no hablo del resto de los gastos como comida, electricidad,gas, etc...) . ¿Puedo con todos estos datos, y para evitar ser desahuciado por impago, o que me corten los suministros energeticos, solicitar una medida provisional para cambiar a los niños de colegio o en su defecto para modificar mi aportación mensual? cabe destacar, que, desde la firma del convenio, mi salario ha bajado por la subida de impuestos, mientras que el suyo ha subido por la cancelación de la reduccion de jornada que disfrutaba. La mensualidad del colegio, por poner cifras, es de 973 euros al mes, y la cantidad embargada en pagos mensuales es de 913 euros al mes. Gracais anticipadas por sus opiniones.
Mas datos sobre el caso anterior. Por supuesto tengo una "modificación de medidas" presentada en el juzgado para revisar las aportaciones en base a los nuevos salarios y una "ejecucion de medidas" igualmente presentada para cambiar a los niños a un colegio público, pero ambos procesos no van a ser resueltos a tiempo para evitar el impago de la hipoteca y otros proveedores durante varios meses, dado el embargo de la nómina. Al no ser pensión de alimentos, y al tener alternativas documentadas de plazas de colegios públicos cercanos al domicilio de ambos, reitero mi pregunta de si es posible solicitar unas MEDIDAS CAUTELARES, para o bien disminuir el importe del embargo, que va a ocasionar el impago de la hipoteca necesariamente y todo lo que conlleva o a través de una MEDICA CAUTELAR, cambiar a los niños de colegio para evitar poner en riesgo su domicilio habitual por impago de la hipoteca. Gracias de nuevo
Hola, tengo la custodia de mi hijo y en un par de meses, en cuanto termine el curso escolar, quiero irme a vivir con él a 1000 km de distancia de mi actual domicilio. Voy a modificar las medidas del convenio, pero no sé exactamente cuanto tarda este proceso, así que voy a pedir una modificación provisional de las medidas mientras llega la modificación definitiva. El padre está de acuerdo. ¿Cuánto tardaría el proceso desde que solicito las provisionales hasta que el juez dictamine la modificación definitiva de la sentencia? ¿Y a cuánto ascenderían ambos costes? Gracias.
Hécate, si el padre está de acuerdo es tan sencillo como que, ambos acudáis al mismo abogado que redactará un nuevo convenio y solicitáis la modificación de medidas de mutuo acuerdo. Es relativamente rápido aunque dependerá del volumen de trabajo del juzgado