Si puede exigir esa subida porque no hay ningún compromiso de nada.
Ud. ha ido haciendo contratos nuevos año a año y por tanto han ido venciendo. Si no ha hecho nada con el último lo que habrá ocurrido es simplemente que se ha ido renovando por lo que en Derecho llamamos "tácita reconducción", pero nada más. Los contratos celebrados bajo tácita reconducción han ido venciendo mes a mes, con lo cual el de ahora vence el día 30. Son contratos nuevos, no hay ningún compromiso.
Por tanto el casero puede proponerle lo que quiera. No está sujeto a nada. Llegue a un acuerdo con él y ya está.
Modificación de las condiciones en alquiler de local.
Buenos tardes:
El 1 de agosto de 2012, alquile un local con un contrato anual de 350 € ,en el que la revision seria la subida del
IPC. En agosto de 2013 hacemos una ampliacion Del contrato tambien anual con la subida correspondiente del
IPC . 361 €. En agosto de 2014 Volvemos a hacer una ampliacion contrato anual, como el IPC es nulo Pago la misma mensualidad. En agosto de 2015 no hacemos ninguna ampliacion aunque continuo con el alquiler del
Local. Ahora se ha puesto en contacto conmigo y exige
Un contrato de 24 meses y una subida lineal del 5,5 % aunque el IPC no ha subido.
Mis preguntas son las siguientes:
Puede exigir Esta subida ignorando el compromiso
De subida de los contratos anteriores.
El hecho de que el ultimo contrato se dejase pasar la fecha
De renovacion y no se hiciese puede significar Que Es un contrato permanente con las condiciones originales.
Un saludo