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Modificación de fachada sin permiso

10 Comentarios
 
Modificación de fachada sin permiso
12/05/2013 10:19
Buenos días. Nos ha surgido un problema que tenemos que resolver lo más pronto posible y no sabemos bien cómo, así que intentaré resumir.

Uno de los locales de nuestra comunidad, cambia su actividad, alquila el local a una asociación sin ánimo de lucro y ésta tras presentar el proyecto en el ayuntamiento comienza las obras donde modifica a su antojo y sin previo aviso la fachada, abriendo para ello cuatro ventanas en el altillo del inmueble y otras cuatro a ras de calle, ya que lo que pretenden es hacer pisos tutelados. Así que de un día para otro, nos hemos encontrado con ese problema.

La comunidad pretende darles permiso si sale mayoría que si (presionados por la misma junta), dejando al desamparo a los que opinan que eso afecta al valor de las viviendas por lo que no consienten dichas obras. Les hemos puesto en antecedentes que según la ley de la propiedad se precisa el voto unánime, pero las ventanas ya están abiertas.

¿Cómo tendríamos que proceder los que no estamos de acuerdo? ¿En caso de tener que llegar a juicio tendríamos que denunciar también a la comunidad? ¿Tendríamos posibilidad de ganar o ya de entrada sería un caso perdido?

Francamente, nos sentimos no sólo vulnerados en nuestros derechos, si no que encima manipulados siempre por el pensamiento de unos pocos.

Gracias de antemano.

12/05/2013 11:01
Primero deben mirar en la escrirura de obra nueva si hay alguna clausula al respecto de esas modificaciones. En la de mi edificio si existia. Se les permitia a los locales hacer con la fachada que les correspondia lo que quisieran como abris ventanas, escaparates y decorar segun les viniera bien, poner carteles etz. por lo que no necesitan permiso de la comunidad para modificar la fachada solo del ayuntamiento.
12/05/2013 11:14
Gracias por la información. Lo averiguaré en seguida.
12/05/2013 12:22
¿Pisos tutelados en un local?.
Actuen ya con urgencia.
Personense YA en el expediente administrativo del Ayuntamiento, para averiguar el contenido del expediente.
Contra el propietario del local, juicio de interdicto de obra nueva.
12/05/2013 12:38
Gracias Acriton.
Necesitamos un buen abogado en estos temas para que nos orienten ya que andamos entre la dejadez de la junta, que por bien por ignorancia o por no moverse aceptan cualquier cosa, la presión "concienciatoria" de esa organización y la negligencia por conveniencia del propietario del local ya que no sólo se ha asegurado una buena renta casi vitalicia (tenemos entendido que ha alquilado el local por 75 años con cuotas de seis mil euros mensuales)

Si conocéis algún abogado experto por Barcelona que nos pueda asesorar bien por el tema os lo agradeceré. Otra cosa, es que juegan con que a la mayoría que nos negamos nos dejan al desamparo total, quiero decir que si no estamos dispuestos a la aceptación de dichas ventanas, tenemos que poner nosotros los medios económicos.
La cosa urge, supongo que por el tiempo y me da la sensación que lo único que tratan es de marear la perdiz a fin de que la demora nos perjudique.
Lo dicho, si sabéis de alguno, os lo agradeceré.
12/05/2013 16:00
Pues no lo entiendo.....
Si son mayoria los que se oponen a las ventanas y no hay clausulas que lo permitan en la escritura de division horizontal (o de obra nueva) no pueden ponerlas y son ellos (el propietario quien debe impugnar el acuerdo en el juzgado.
La comunidad tendra que contratar abogado pero el proceso han de iniciarlo ellos (los de las ventanas)

Tambien deberian consultar las ordenanzas municipales porque al menos en mi pueblo, cuando se cambia el uso de local a vivienda tienen que poner la fachada igual que el resto del edificio...........

En ultimo caso podrian denunciar la obra y solicitar una paralizacion cautelar de la misma en tanto se aclare si necesitan permiso de la comunidad o tienen permiso por las escritura o por mayoria suficiente de la comunidad (debe mirar en la Ley de propiedad horizontal Catalana cual es esa mayoria)
12/05/2013 17:30
Pues nada se puede hacer si tienen los permisos de urbanismo, y convierten un local en espacio habitable. no necesitan ni de permiso comunitario, si es obligatorio la comunicación al presidente.
Naturalmente deben cumplir una serie de requisitos, los cuales pueden consultarlos en el departamento de actividades clasificadas de su ayuntamiento, solicitando ver el expediente.
12/05/2013 18:02
Gracias pasacero.
Tenía entendido que los permisos de urbanismo presentados y aceptados no implican a los comunitarios ya que el ayuntamiento suele dar permisos urbanísticamente viables ajeno o no a si tienen otros tipos de permisos, por lo que el ayuntamiento puede eximir su responsabilidad. Quiero decir que a parte de esos permisos, han de tener (por lo que yo sé) el de la comunidad de propietarios para hacer las modificaciones en la fachada y éste ha de darse por unanimidad y no por mayoría.
Los requisitos que comentas, sólo lo podrían tener haciendo dichas modificaciones (por ejemplo la célula de habitabilidad)

Gracias también a ti, chelinka.


14/05/2013 10:54
Bueno..., parece ser que la cosa se ha puesto en marcha. Han ido al registro de la propiedad y al ayuntamiento (están pendientes de que les envíen el expediente ya que por lo visto no lo hacen al momento) y el jueves la junta va a visitar a un abogado.

El problema como en casi todas las comunidades pasa por una dejadez considerable de la junta que corresponde, eso, el miedo a una "recaudación extra" donde a la mayoría de los vecinos la crisis y el paro les está pasando factura, y el desconocimiento de la ley de la propiedad horizontal, hacen que que en muchos casos se acepte cualquier cosa.

Ahora, mi pregunta es la siguiente (a ver si alguien más entendido me la puede contestar)...

Si un edificio fue construido y posteriormente vendido con locales comerciales de tres plantas (sótano-planta baja y altillo) ¿no pierde valor tasatorio cuando intentan hacer más pisos de los correspondientemente escriturados y por consiguiente, poner ventanas en una fachada donde antes no existían?

Gracias por vuestros comentarios.
14/05/2013 12:03
Al contrario, hacer mas viviendas, anulando los locales, aumenta el valor del edificio entero.
Los locales mejor dicho los negocios establecidos en ellos son una fuente de conflictos a la comunidad, ruidos, carga descarga, horarios de actividad sin control y un largo ect.
Un edificio de solo viviendas es un remanso de paz.
14/05/2013 13:29
Gracias pasacero, sigo teniendo dudas al respecto pues yo creo que no es lo mismo tener ventanas a tres metros del suelo, como ahora es en este caso, a tenerlas a medio metro del mismo. Igual me equivoco, ya digo.
Por otro lado ¿no cambiaría el valor catastral de los mismos? Veo que puede variar el catastro de inmuebles, debido a los cambios de uso o modificaciones en sus características físicas.

Sólo faltaría que nos aumentara el IBI..., uys