Hace poco fundamos una sociedad de responsabilidad limitada tres socios.
Por motivos de que algunos socios quieren asegurarse no poder ser diluidos por medio de un aumento de capital vamos a proceder a hacer una modificación de los estatutos a pesar de lo que rige la ley general de sociedades de capital.
Dicha modificación queremos hacerla por medio de un contrato privado, sin elevarlo a escritura pública, no queremos llevarla al notario de momento. Somos una start up y ahora mismo no nos dan los medios.
Tiene peso legal lo escrito en contrato privado? Es el mismo peso que la escritura pública?
Lo que ustedes se proponen hacer es un pacto parasocial, que es un documento privado que regula las relaciones entre los socios. Es, digamos, el 'reglamento' de los Estatutos sociales. Esta operativa es muy frecuente y recomendable entre socios, pero estos pactos no podrán contradecir ni los Estatutos sociales ni el ordenamiento jurídico.
Los pactos parasociales serán válidos y exigible su cumplimiento siempre que cumplan ambas premisas.