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Modificación de estancia por estudios

8 Comentarios
 
21/09/2013 15:39
Hola. Tengo un NIE de estudiante, el 15 de noviembre cumplo 3 anos de estancia. Me han ofrecido el contrato, pero en la extranjeria el inspector insiste que yo no puedo poner papeles para la modficacion hasta el 15 de noviembre cuando fisicamente cumplo 3 anos, es decir que no me va iniciar el tramite con dos meses de anticipacion como indica la ley. Me hizo matricularme de nuevo, y luego (cuando recibo favorable) pedir la modificacion. Es legal lo que me esta haciendo? Gracias
13/02/2012 09:17
Hola. Muchas gracias por su respuesta. Acabo de llamar por teléfono a la Comisaría de Extranjería y me han dicho que, efectivamente, han expedido la resolución concediéndome la tarjeta comunitaria, aunque a mí no me notificaron con la misma. Al explicarles lo de la beca me han dado la posibilidad de presentar un escrito que ponga fin al procedimiento, indicando que no me interesa continuar con el mismo. Así podría pedir la prórroga por estudios.
Es lamentable pero tengo que sacrificar la residencia por el dinero de la beca.
Aprovecho para hacerle una última consulta. El año pasado colaboré escribiendo en una revista. Este año me han enviado una factura para pagarme por la colaboración y no he sabido qué hacer dada mi situación de estudiante. La factura es por 784 euros y me piden colocar mi NIF, documento que no tengo y no sé si valga igual el NIE. No sé si en estos casos de trabajos esporádicos es necesario tener autorización de trabajo. En caso de continuar como estudiante, necesitaría tener la autorización de trabajo por cuenta propia u otra opción.
Le agradezco su orientación.
12/02/2012 23:52
Hola.

Usted no debió dejar de ir a poner la huella. Si usted la solicitó, le fue concedida y no ha ido a que le sea expedida la tarjeta, eso no quita que la resolución de concesión de la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión produzca efectos desde la fecha de presentación de la solicitud.

Si intenta renovar su autorización de estancia por estudios, no va a poder hacerlo, porque si ya le fue notificada la resolución de concesión de la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión, indicándole fecha a partir de la cual ir a colocar la huella, usted consta ya registrada como extranjera extracomunitaria residente legal en España en régimen comunitario.

Tenga en cuenta que, aunque su tarjeta de identidad de extranjera como estudiante sigue vigente, esa autorización de estancia por estudios ha sido ya sustituida por una autorización de residencia como beneficiaria del régimen comunitario, aun cuando usted no haya obtenido todavía la tarjeta. Cuando la vaya a obtener, se la expedirán (probablemente le llamen la atención), pero los efectos se retrotraerán al momento en que presentó la solicitud. Y cuando vaya a retirar la tarjeta, tendrá que entregar la de estudiante.

No hay ya más vuelta que darle al asunto. Usted es residente en España en régimen comunitario, aun cuando haya retrasado considerablemente la expedición de la tarjeta.

Una futura solicitud de renovación de su autorización de estancia por estudios, no prosperará, porque usted ya consta inscrita como residente en régimen comunitario en el Registro Central de Extranjeros. Y por eso mismo, tampoco podrá prosperar la solicitud de una autorización administrativa para trabajar siendo estudiante, porque no pueden autorizarla a algo para lo cual YA ESTÁ AUTORIZADA, porque la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión ya la ha autorizado a trabajar, es decir, el procedimiento administrativo carecería de objeto y deberá archivarse.

Lo relativo a su beca, debería consultarlo con los responsables que se la han concedido. Usted ahora es residente legal en España en régimen comunitario.

Un cordial saludo.
12/02/2012 22:36
Hola. Muchas gracias por su respuesta. En las bases de la beca expresamente se indica tener la tarjeta de estudiante, así que creo no tener otra opción. Respecto a los efectos de la tarjeta comunitaria tengo una duda. En junio de 2011 me notificaron con la resolución de pareja de hecho e inmediatamente inicié el trámite en la policía para obtener la tarjeta y dos meses más tarde me notificaron para poner las huellas. En esa fecha me notificaron también con la beca así que no fui a poner las huellas. Indíqueme, si mi solicitud está vigente a la fecha y si tiene efectos para producir efectos respecto a la residencia?
Por otro lado, en caso que solicite la autorización de trabajo por cuenta propia adicional a los estudios, me cambiarán los datos que aparecen en el NIE? y, el pago que haga a la seguridad social, me servirían para tener derecho a una pensión más adelante?
Muchas gracias por su respuesta.
12/02/2012 15:57
Hola.

A la fecha, usted no es residente en España, sino titular de una autorización de estancia por estudios y eso no sirve para el cómputo del tiempo a efectos de nacionalidad, aun cuando le haya sido concedida también una autorización de trabajo por cuenta propia. Debe tener en cuenta que esa autorización de trabajo es limitada y el trabajo para el que ha sido autorizada no es considerado como medio de vida o de subsistencia, sino solo como un complemento de ingresos (porque se supone que usted ha acreditado ya por otros medios que tiene recursos para vivir, en su caso, a través de una beca y porque la finalidad principal de su permanencia en España es la realización de estudios).

Cuando una persona titular de una autorización de estancia por estudios solicita una autorización de trabajo, esa autorización NO IMPLICA UN CAMBIO DE SU SITUACIÓN. Por tanto, sigue hallándose en situación de estancia por estudios, JAMÁS significará que se le está concediendo una autorización de residencia. Tanto que la autorización de trabajo tiene unas características peculiares que la distinguen de la que se le daría a una persona que es titular de una autorización de residencia.

Por otro lado, usted DEBE solicitar cuando antes su tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión, porque es la que le corresponde al ser pareja de hecho registrada. Usted quedó cobijada por el régimen comunitario desde que se practicó la inscripción, si bien a la Administración General del Estado aún no le consta eso, porque usted no ha solicitado la tarjeta.

La exigencia que puedan tener las bases de la convocatoria de la beca que se le concedió, es capítulo aparte, que usted tendrá que consultar o informarse bien con el responsable de la administración de su beca. Pero, a efectos de la normativa estatal que regula la materia de Extranjería, a usted le corresponde la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión y es la que le conviene más, para acumular los dos años que se le exige.

Las bases de su beca, con todo, no pueden ser tan rígidas y no prever o contemplar o descartar la posibilidad de que usted, por ejemplo, se case, se constituya en pareja de hecho o incluso pudiera obtener la nacionalidad española por otra vía que no fuera la residencia (por ejemplo, si usted hubiera podido optar a ella por la Ley de Memoria Histórica) o se conviertiera en residente en España por circunstancias excepcionales de arraigo familiar, por ser, por ejemplo, hija de padre o madre que originariamente hubiera sido español o si por ejemplo, tuviera un hijo de nacionalidad española, que le abriría también la posibilidad de solicitar una autorización de residencia.

Debe revisar las bases de la convocatoria de su beca. Si le exigen que sea estudiante, en el sentido de que esté matriculada y asista regularmente a clases, con dedicación exclusiva o principal a ello o si lo que le exigen es, de forma clara y precisa, que se mantenga en España siempre en situación de estancia por estudios.

Usted comenzará a ser residente desde la fecha que su autorización de residencia comience a producir efectos, no antes. Cuando es por ser familiar de ciudadano de la Unión y usted ha adquirido esa calidad estando ya en España,la fecha de inicio de efectos es la fecha de presentación de la solicitud.

Un cordial saludo.
12/02/2012 00:38
Hola. RUego vuestra asesoría. Estoy preocupada por mi futuro. Soy peruana y tengo tarjeta de estudiante por estudios de postgrado, desde octubre de 2009 hasta la fecha (la última renovación está vigente hasta abril de 2012). Los estudios los realizo con una beca, así que necesito mantener la condición de estudiante para seguir percibiendola. Pero, pensando en mi futuro,tengo interés de solicitar autorización de trabajo por cuenta propia, acogiéndome al Art. 42.1, segundo párrafo del Reglamento de Extranjería, Decreto 557/2011, pero temo que al concederme la autorización me renueven el NIE y en lugar de estudiante figure el residencia temporal y trabajo, con lo cual perdería la beca. Lo que quiero es asegurarme que continuaré con la misma tarjeta de estudiante que tengo hasta el momento.
Por otro lado, pretendo postular a la nacionalidad más adelante, ya que tengo registrada la unión de hecho con mi pareja que es un español, pero no he tramitado la tarjeta comunitaria por no perder la beca, porque me piden como requisito tener la tarjeta de estudiante.
Mi preocupación es que mientras continúe como estudiante no conseguiré acumular el tiempo de residencia de 2 años para postular a la nacionalidad. Ah, a propósito, si me dieran la autorización de trabajo por cuenta propia junto a los estudios que les planteaba arriba, esta autorización contaría como residencia para la nacionalidad?
Agradeciéndoles mucho vuestra atención al presente,les saluda cordialmente, tesalia

08/02/2012 23:15
Gracias
08/02/2012 22:30
Hola. No es posible. Usted ya pasó de los tres meses posteriores a la caducidad, pasado ese plazo extraordinario (porque el plazo ordinario es dentro de los 60 días anteriores a la caducidad), ya no es posible solicitar renovación, ni modificación alguna.

Actualmente, se encuentra en situación irregular. Y la solicitud que ha presentado, con seguridad, tendrá como resultado una denegación, por haber sido presentada cuando el plazo ya estaba vencido.

Si han pasado más de tres meses desde que presentó, como se trata de una modificación, puede entender la solicitud desestimada.

Al momento, solo le queda recurrir al arraigo social, para regularizar su situación.

Un cordial saludo.
Modificación de estancia por estudios
08/02/2012 20:56
Hola, buenas noches;
Quisiera saber si se puede solicitar la renovación de estancia por estudios cuando ya ha pasado incluso el plazo de 90 días posteriores a su vencimiento; en mi caso he presentado la solicitud de modificación de estancia a residencia y trabajo por cuenta ajena inicial, pero ya ha pasado un poco mas de 3 meses y no me han notificado la resolución. Comienzo un máster en marzo y quisiera saber si en caso de silencio negativo podría renovar la estancia por estudio, ya que he pagado buena parte de la matrícula y tengo casi 4 años en España.

Muchas gracias.

Un saludo