Al divorciarme de mi exmarido hicimos un convenio regulador en el cual yo tenia la potestad de los niños y lo hicimos para zanjar los puntos y separarnos rápidamente, mal por nuestra parte ; después de mas de 4 años he visto que no se ha realizado lo indicado en el , en puntos como : no se ha actualizado la pensión en los ultimos 4 años, no paga los libros de texto y material escolar extra que se requiere, no informa por escrito de los cambios realizados en vivienda con tiempo, recoge a los hijos y los entrega no a las horas estipuladas incluso en dia no los recoge tal como indica el convenio y tengo que buscarme la vida con mi familia o cambios en mi trabajo para ir a por ellos, no dispone de ropa ni compra ropa para ellos por lo que me debo hacer cargo de todo.. asi varios puntos mas por lo que me gustaria cambiar el convenio y actualizar los datos de la pension pero no se como hacerlo o que pasos debo seguir para ello,si pudieran ayudarme?.
Tambien en el convenio se indicaba que para ambos teniamos la casa, un coche y una pequeña moto , pero el coche y la moto la ha vendido y no hemos indicado nada en convenio ni firmado ningun papel que lo indica, puedo hacer algo para dejar constancia?
La patria potestad entiendo que la tendréis los dos, creo que lo confundes con la custodia, que si dices que cobras pensión entiendo que la tendrás tú. Para hacer que se cumpla el convenio que tenéis firmado tienes que poner una demanda de ejecución de sentencia, por ejemplo para que pague la mitad de los gastos y actualice la pensión. Puedes reclamar atrasos hasta 5 años. El convenio hay que cumplirlo, pero si el otro lo incumple y tú no vas al juez para obligarle nadie va a ir detrás de vosotros, claro. Lo de modificar el convenio: ¿para cambiar qué? Una cosa es hacer que se cumpla (demanda de ejecución), otra una modificación (las circunstancias han cambiado y se tiene que cambiar algún punto o todo el convenio).
Sobre la vivienda, propiedades y tal, ¿habéis hecho ya la disolución de los gananciales?
Si, tengo la custodia yo; queria saber si es posible tratar el convenio sin ir directamente a un juez, si se pueden seguir otros caminos para que se realicen las actualizaciones y pagos atrasados o unicamente y mejor opcion es ir directamente al juez.
Queria cambiar el convenio para actualizarlo por el tema de la pension y los cambios de sueldo de ambos ya que me he enterado que no dio al juzgado la cantidad real de su salario; tambien queria cambiar donde se indica los horarios de recogida, vacaciones , avisos etc para que sea realizado.
Como comenta usted, queria ambas cosas que se cumpla el convenio por la pension y gastos y tambien modificarlo y añadir nuevos puntos, esto es posible hacerlo de mutuo acuerdo o hay que ir a juzgado?
En relacion a la vivienda y propiedades, la vivienda era en uso hasta que los niños tuvieran libertad economica y los otros propiedades eran de uso, pero ha sido vendida una de ellos sin disponer de documentacion alguna.
El mejor camino por los niños, para solventar todos estos puntos de cumplirse el convenio y modificarlo, cual es? directamente al juzgado o mejor tratarlo de mutuo acuerdo?
Lo normal es reclamarlo primero de forma amistosa, incluso por burofax si quieres "meter miedo" sin tener que ir a la vía judicial, pero si a buenas no quiere pagar no hay otra forma que la judicial. Podría incluso interponerse demanda penal, pero eso salvo casos muy graves mejor evitarlo, se puede hacer una simple demanda civil de ejecución de sentencia.
Si las condiciones han cambiado (horarios, ingresos...) puedes solicitar la modificación, pero esto es para incorporar las condiciones que hayan cambiado, no para hacer que las que hay se cumplan. Al juzgado siempre hay que ir, si se quiere modificar el convenio, lo que se puede ir es de mutuo acuerdo o vía contenciosa. Si es de mutuo acuerdo siempre mejor, por supuesto (tanto por ahorrarse disgustos, incertidumbres y trámites, como para no estropear las relaciones humanas entre todos los implicados).
Sobre las propiedades, insisto, porque el procedimiento sería diferente: aparte de otorgar el uso, ¿ha habido disolución de gananciales? Intuyo que no; si no se ha hecho aún lo que se haya vendido se descontará cuando esta se haga, en principio no te perjudicaría que la venda, cuando disolváis los bienes en común se compensará como corresponda.