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modif sustanc condic de trabajo

92 Comentarios
Viendo 81 - 92 de 92 comentarios
20/09/2010 13:35
Perdona , pero no es correcto........... como te han informado Majoga y mlag0053, el empresario NO puede reducirte la jornada de forma unilateral , y si tu aceptas la modificacion de contrato no tienes derecho a rescindirlo con indemnizacion ni a cobrar del paro , la modificacion de contrato no tiene nada que ver con el art. 41 ET
SALUDOS
20/09/2010 13:14
Muchas gracias antonio1 me has resuelto la duda completamente.
20/09/2010 13:11
Si decides rescindir el contrato a través del articulo 41,3
Si tienes derecho a paro.
Disculpa no estaba completo el mensaje.

3. La decisión de modificación sustancial de condiciones de trabajo de carácter individual deberá ser notificada por el empresario al trabajador afectado y a sus representantes legales con una antelación mínima de treinta días a la fecha de su efectividad.

En los supuestos previstos en los párrafos a), b) y c) del apartado 1 de este artículo, y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 50 1. a), si el trabajador resultase perjudicado por la modificación sustancial tendrá derecho a rescindir su contrato y percibir una indemnización de veinte días de salario por año de servicio prorrateándose por meses los períodos inferiores a un año y con un máximo de nueve meses.

Se encontrarán en situación legal de desempleo los trabajadores que estén incluidos en alguno de los siguientes supuestos:

Por resolución voluntaria por parte del trabajador, en los supuestos previstos en los artículos 40, 41.3, 49.1.m y 50 del Estatuto de los Trabajadores.

1. Serán causas justas para que el trabajador pueda solicitar la extinción del contrato:

Las modificaciones substanciales en las condiciones de trabajo que redunden en perjuicio de su formación profesional o en menoscabo de su dignidad.







20/09/2010 13:11
esa es mi duda, el trabajador se siente perjudicado por la modificacion del contrato (osea reducirle la jornada a la mitad) puede rescindir su contrato y percibir una indemnizacion de 20 dias por año. Entonces ¿tiene derecho a paro?
Y si acepta que le reduzcan la jornada, puede cobrar paro por la mitad de la jornada?
20/09/2010 12:44
Ya te contare, pero me da a mi que me traeran algun escrito de la trabajadora no aceptando la modificacion del horario y pidiendo al tiempo la resicision del contrato.
20/09/2010 12:36
Ahí sí que hay modificación. Ya nos mantendrás informados, por favor.

Suerte luchadora
20/09/2010 12:16
Por cierto, en el caso aquel que expuse en el que casi me como a Shugart (pobrecito...si tenia razon igual que todos, pero mira, me pillo esos dias algo obcecada y me venia mal bajar del burro, jeje), finalmente no redujeron horas a la trabajadora, pero si le cambiaron el horario, se comunico y ahora estoy a la espera de que me diga la empresa, si la trabajadora va a rescindir su contrato o denunciara para que le repongan en el horario anterior a la modificacion. Ya veremos que pasa.
Saludos
20/09/2010 12:12
jeje, si......mlag0053, nos vemos otra vez. En este caso esta mas que claro que no se puede hacer esa reduccion, que no es tal, sino convertir un contrato en otro distinto, por eso lo dije.....cuando sea algo mas "retorcido" ya volveremos a debatirlo, de todas las discusiones se saca algo positivo. Nos vemos.
20/09/2010 11:42
Eso es Majoga...nos vemos otra vez...

No tendría derecho a optar a prestación por desempleo ya que no se considera una modificación sustancial al amparo del artículo mencionado por la compañera.

No es una modificación ni una decisión que se pueda poner de modo unilateral.
20/09/2010 11:41
Las causas en que se basan para modificar el contrato de trabajo con reduccion de jornada, es por probadas razones economicas. Art. 41.1.a)
20/09/2010 11:35
art. 12.4.e) perdon
20/09/2010 11:34
Si tienes un contrato a tiempo completo no pueden hacerte esa reduccion sin tu consentimiento, no es una modificacion de contrato, es convertir un contrato a tiempo completo en uno a tiempo parcial, prohibido expresamente por el art. 12.4 ET
Modif sustanc condic de trabajo
20/09/2010 10:50
Si te ofrecen reducirte la jornada en un 50% o si no te interesa rescision del contrato con indemnizacion de 20 dias por año, si decides recindir el contrato ¿tienes derecho a paro?