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Modif. de normas subsidiarias

7 Comentarios
 
25/04/2005 20:14
perdon, en la ficha de gestión dicen unidad de ejecución y en la forma de gestión dice gestión indirecta y actuación aislada. No se si queda más claro así. Gracias
25/04/2005 20:11
gestion indirecta
20/04/2005 23:40
¿y que sistema de gestión pone en la ficha?
20/04/2005 21:46
En la ficha de gestión dice Unidad de Actuación.
17/04/2005 22:36
Tal como dice "manolito" hablas de una unidad de ejecucion o de una unidad de actuacion???
Tal como dices que te dice tu arquitecto, si tienes una ficha donde se marca el sistema de gestion y de actuacion, la propia ficha indicara si es UE o UA.
16/04/2005 12:47
comunidad valenciana. lo que me ha comentado un arquitecto es que nos denominan unidad de ejecución incorrectamente ya que en la ficha, dice que la gestión será indirecta y actuación aislada. Según el, si se establece como actuación aislada, se exige la unanimidad de los propietarios mientras que si es actuación integrada no. Nosotros somos cuatro solares en una misma unidad de ejecución y según me ha comentado el arquitecto, la actuación aislada se aplica cuando se parte de unj solo solar. No se si me explico mejor, agradecería mucho vuestra ayuda porque andamos muy perdidos. Gracias.
14/04/2005 18:34
suena muy raro eso de que el ayuntamiento obligue a desarrollar la unidad de actuación por unanimidad. Dependiendo de la legislación de tu comunidad y del sistema de actuación que sin duda debe venir definido en la ficha urbanística de dicha unidad, las actuaciones se suelen llevar a cabo con con el acuerdo favorable de un 60% de la participación en la propiedad en el caso de iniciativa privada y menor si se trata de iniciativa municipal. ¿En que población o provincia se encuentra esta U.A.?
Modif. de normas subsidiarias
10/04/2005 11:20
Tengo una parcela dentro de una unidad de ejecución en la cual somos 4 vecinos, la superficie total son 2300 m2. Dicha parcela está en primera linea de playa y detras de nosotros, en segunda linea han construido unas urbanizaciones de 5 plantas. El tema está que el Ayuntamiento, en base a determinadas alegaciones que se hicieron por otros vecinos, ha aprobado la modificación de las normas subsidiarias y ha hecho lo siguiente:

1.- Se pueden construir 5 alturas pero en muy poco terreno de toda la UEjecución, ello lo justifican diciendo que de esa forma no tapan las vistas al mar a la urbanización de la segunda fila.
Con respecto a esto, es evidente que cuanto menos terreno se pueda construir, menos valor tendrán esos solares, ya que la mayoría de los vecinos queremos vender.

2.- En segundo lugar, se ha impuesto por parte del Ayuntamiento, que para poder realizarse esas 5 alturas y poder edificar, es necesario que exista unanimidad de los propietarios.
Con respecto a esto, tenemos un propietario, que no quiere vender, con lo cual nos encontramos con que el Ayuntamiento nos condena a tener un solar invertido "inutil", no podemos sacarle el beneficio económico que se podría (y os aseguro que seria mucho).

Que podemos hacer? tenemos 1 mes para presentar alegaciones, pero en base a que fundamentos podemos alegar??? podríamos pedir que se aumentaran los metros edificables y se modificara la unanimidad, por el acuerdo de la mayoría.

Os agradezco mucho vuestra ayuda porque, necesitamos vender el terreno urgentemente, nos ofrecieron mucho dinero y se han ido atras viendo estas condiciones.

Muchas gracias