Hola estocastico. En primer lugar indicarle, aunque quizás ya lo sepa, que una carta certificada no es modo fehaciente de comunicación. Así que la notificación de las rentas debidas deberá ser mediante burofax con acuse de recibo. Respecto al contenido del mismo le aconsjo que acuda a un/a profesional de la abogacía para que se lo redacte y, además, le asesore sobre los efectos del mismo.