Hola, mi pregunta es en relacion al modelo 303.
Yo tengo un local en propiedad alquilado y al rellenar el modelo 303 declaró el IVA devengado pero no se si tengo que declarar el iva soportado en los arreglos que se han hecho por problemas eléctricos. Quiere decir el IVA que me ha cobrado el electricista por sus trabajos. O esa factura solo la declaró en mi declaración de la renta
En cuanto al modelo 303 debes declarar el IVA repercutido (ingresos), y IVA soportado (gastos). Por tanto, efectivamente puedes declarar el IVA soportado por los arreglos efectuados en el local arrendado (en tanto que el gasto está destinado a la actividad económica -arrendamiento de local- y, como dices posees un documento justificativo de la operación -factura-).
En cuanto al IRPF tales gastos pueden considerarse como gastos de reparación y conservación que, efectivamente, pueden deducirse en la declaración de la renta. Es decir, deberás declarar los rendimientos íntegros obtenidos por el alquiler del local, pero podrás compensar aplicando la deducción de aquellos los gastos que mencionas.