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Modelo 300

1 Comentarios
 
05/04/2006 20:14
Hola Hammada. Los comerciantes minoristas sometidos al recargo de equivalencia no están obligados a presentar el Modelo 300 ni pueden deducir las cuotas soportadas.
Un saludo.

Modelo 300
05/04/2006 19:20
Una persona que en cuanto a IRPF está acogido al Regimén General o Estimación Directa, tiene la obligación de presentar el Modelo 130. Pero por su actividad (comercio al por menor de toda clase de artículos), en cuanto a IVA, está acogido a Recargo de Equivalencia, tiene la obligación de presentar el Modelo 300? y así desgravarse no ya el 4% correspondiente al recargo de equivalencia, sino el 16% restante?