Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Mod. 347

2 Comentarios
 
25/03/2003 10:05
Muchísimas gracias.
24/03/2003 19:21
Si no lleva retención, y por tanto no está declarado en otro modelo resumen anual, debe declararse.
Mod. 347
24/03/2003 17:56
Hola: Me gustaría saber si hay que declarar en el 347 la indemnización percibida por la empresa por causa del siniestro total de un vehículo. Muchas gracias.