Hola a todos. Se trata de una mujer que tiene un negocio familiar el cual atendían ella y su cónyuge. El año pasado su marido murió por lo que ahora le está echando una mano su hijo hasta que llegue la edad de la jubilación. El caso es que ella es la titular del negocio, tributa por estimación objetiva y siempre figuraba como personal no asalariado su marido repartiendo las horas (900 cada uno) . Mi duda es si ahora puede repartir igual las horas entre ella y su hijo tal como hacía con su marido (aunque en la declaración no aparece ningún tipo de alusión a hijos más que a los menores de 18 años) o figurará ella sola como no asalariada y con las 1800 horas que establece la ley.
Otra duda que tengo es sobre el negocio ya que ahora realizan también recargas telefónicas y no sé si al estar en estimación objetiva tiene que hacer una declaración complementaria para tal actividad o si no hace falta.