Buenas tardes.
Soy delegado de una empresa de 90 trabajadores aproximadamente, y como la gran mayoria de empresas, tienen parte del trabajo subcontratado a talleres externos.
En estos talleres, como es lógico, de vez en cuando asiste algun tecnico del departamento de calidad, algun encargado, etc, siempre gente con algun grado de cualificación para realizar estos menesteres.
El problema nos ha surgido esta semana cuando algunos de nuestros compañeros reciben una notificación de que tienen que ir a trabajar como encargados haciendo turnos rotativos a estos centros.
Estos compeñeros ostentan la categoria de especialistas sin mas, es decir, no tienen en la empresa ningun grado de cualificacion para desarrollar estas tareas.
Tras realizar algunas consultas con abogados del sindicato nos aseguran que se pueden negar a ir, ya que estos centros no son "nuestra empresa", tan solo un taller externo al que le damos trabajo, otro tema seria que fueran talleres externos propios, como una seccion mas de nuestra empresa.
El estatuto cuando habla de movilidad del personal se refiere unicamente a este ultimo caso o movilidad en el interior de la empresa.
En nuestra empresa tenemos 3 sindicatos y todos nuestros asesores opinan mas o menos lo mismo.
Agradeceria en gran medida una cuarta opinio, antes de decidirme a llevar el tema a inspeccion.
Gracias anticipadas.
Se me olvido comentar, que el centro al que hago mencion es un taller de presidiarios en tercer grado, y esto a suscitado aun mas la negativa y el miedo a trabajar con internos aunque sean de tercer grado.
Otra puntualizacion entre los elegidos a ir hay chicas, por lo que moralmente me parece mas grave.