Estoy de baja por IT por depresion por una situacion de mobbing y acoso laboral durante un contrato de interinidad por vacaciones, me han despedido al dia siguiente de darme de baja y me quedan 20 dias de prestacion por desempleo, si la duracion de la it es de 3 meses por ejemplo, despues al darme de alta tendre derecho a prestacion por desempleo? y despues de agotar la prestacion por desempleo de 20 dias, si en un fururo tengo otra prestacion nueva me descuentan de esa otra prestacion el resto de dias que estuve dede it y no se pudieron descontar de la prestacion de 20 dias que me quedaba cuando acabo la it?
Gracias
No comprendo bien lo que dices y me gustaría ayudarte.
Pero tienes que decirme las cosas mas claras por favor.
- Tipo de contrato: Cuanto tiempo ibas en el, si superastes el periodo de prueba, cuanto te quedaba ..
- Generastes una prestacion por desempleo y segun dices entiendo que te quedan 20 días verdad ??
- Al estar de baja te cojeran esos dias que te quedan, salvo que salgas de ella. En el momento que no te queden no recibiras mas paro.
el contrato es del 15 de junio al 7 de octubre, y es de 34 horas semanales, me obligan a echarentre 60 y 70 horas semanales entre otras cosas porque los trabajadores de plantilla indefinidos a los que tengo que cubrir se han cambiado los turnos de los dias de sus vacaciones de tal forma que los dias de trabajo caigan en los dias que estan de vacaciones y asi los hago yo y sus descansos los ponen cuando regresan de vacaciones. y ademas si se deben turnos entre ellos me los ponen a mi en mis descansos para pagarselos yo a ellos, y dicen que eso es lo que hay, ademas me obligan a hacer turnos de 24h, 48h y 72 horas, todo solo por el hecho que soy el sustituo y no tengo ningun derecho a quejarme
Me han acosado psicologicamente para que acepte esas circunstancias, me di de baja por depresion el 06/07 y lo he denunciado a la inspeccion de trabajo y al dia siguiente o sea ayer me han despedido, estoy hundido
Me quedan 15 dias del paro anterior y no se que puede ocurrir si estoy varios meses de it por depresion, como son pocos dias si generase otro paro en un futuro una vez a cabado el paro de 15 dias, me descontarian los dias de it que no me descontaron de este paro de 15 dias que me quedan
No tiene sentido que estés de baja laboral ya. Tranquilo que cuando se te acabe el paro no cobras mas.
- Como ha sido tu despido? K te han dado?
- Cual es tu período de prueba
- Tienes pruebas materiales o alguna forma de demostrar las horas extras?
Cuanto mas cuentes, mejor respuesta podremos darte...
- Por qué no tiene sentido que este de baja laboral
- El periodo de prueba es de tres meses y el contrato de trabajo es del 15 junio al 15 octubre, me han despedido el 7/7/2011 al dia siguiente de presentar la baja por depresion por no superar el periodo de prueba.
- Tengo los cuadrantes que me han dado y me queria imponer a la fuerza solo por el hecho de ser la de contrato de verano, con todos los turnos y no me metian las horas de mas como extras, sino como gratis total por imposicion, por ser la de contrato, me han puesto las horas y turnos que a los fijos le han dado la gana, literalmente, incluido trunos de 24h,48h y hasta 72 horas seguidas yo solo en un centro de menores y en estos dias he sufrido discriminación e instigación en este sentido.
- Tengo entendido que mientras este de baja cobro como si estuviera cobrando el desempleo.
- Esta denunciado en la inspeccion de trabajo pero dudo si denunciarlo tambien en el juzgado
Cuando el trabajador se encuentre en situación de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes y durante la misma se extinga su contrato, seguirá percibiendo la prestación por incapacidad temporal en cuantía igual a la prestación por desempleo hasta que se extinga dicha situación, pasando entonces a la situación legal de desempleo en el supuesto de que la extinción se haya producido por alguna de las causas previstas en el apartado 1 del artículo 208 y a percibir, si reúne los requisitos necesarios, la prestación por desempleo contributivo que le corresponda de haberse iniciado la percepción de la misma en la fecha de extinción del contrato de trabajo, o el subsidio por desempleo. En tal caso, se descontará del período de percepción de la prestación por desempleo, como ya consumido, el tiempo que hubiera permanecido en la situación de incapacidad temporal a partir de la fecha de la extinción del contrato de trabajo.
No llegas a responder mi duda en este sentido, me quedan 20 dias de la ultima prestacion que venia cobrando, si me llevo 3 meses de baja, despues me descuentan y no tendria derecho a prestacion, pero en otra futura prestacion, seguiria debiendo el resto del tiempo que estuve de baja y no se restó porque solo me quedaban 20 dias?
Gracias
Creo que Trola te ha respondido claramente lo que te estaba diciendo yo pero con el articulo pertienente.
1.No te preocupes por el tema de la prestación, cuando se te agote lo que te queda , como no has generado ni subsidio ni paro simplemente no te darán mas dinero. PUNTO no te ralles.
2-Si el cuadrante que te han dado esta firmado por algun responsable de la empresa o algun sello o algo te vale como prueba para demandar por diferencias salariales puedes sacar buen tajada por lo que te he leído que te han hecho hacer.Vete a un sindicato y demanda
3-Durante el período de prueba, cualquiera de las partes puede rescindir el contrato por voluntad propia asi que no existe despido, simplemente no te quieren.
Perdonad mi ignorancia pero sigo sin tener clara mi duda:
- Cuando encuentre otro trabajo y genere otra prestacion distinta a la que actualmente he estado cobrando que aun me quedan 20 dias, me descontaran de ella el tiempo que este de IT ahora?
- Han resindido el contrato utlizando la clausula del periodo de prueba, pero en realidad es por no aceptar las condiciones abusivas y discriminatorias que me querian imponer y al dia siguiente de pedir la baja por ansiedad tras las instigaciones.
- Esta denunciado en la inspeccion de trabajo, tambien lo hago en el juzgado?, abogado particular o de sindicato?
Gracias
- Si cuando te dan el alta médica (con situación legal de desempleo) vas al SEPE y pides reanudar la prestación anterior:
Consumes los 20 días de paro que te quedaban y el SEPE cotizará por ti esos 20 días. Posteriormente habría que ver si tienes derecho al subsidio por agotamiento de la prestación. Si no pides el paro, el SEPE no cotizará esos días ni los descontará y cuando vuelvas de un nuevo trabajo estarás obligado a reanudar los 20 días u optar por un derecho nuevo si has generado cotizaciones para ello.
- Si después del alta médica has generado cotizaciones para optar por un nuevo derecho y solicitas la prestación:
Los días de IT tras finalizar la relación laboral se descontarán del paro y el Sepe cotizará por ellos.
Creo que he encontrado la respuesta en otro foro, aver que os parece, si es asi:
"Efectivamente el descuento sólo se produce por contingencias comunes, así que si, por ejemplo, la empresa te despide cuando estás de baja por accidente de trabajo, no habría ese descuento. En todo caso el descuento, en caso de producirse, no es de la cantidad cobrada en el periodo de pago, sino de los días transcurridos en la situación de IT (incapacidad laboral) desde el cese en la empresa.
Esta seria mi respuesta:
Caso distinto es el que cuando finalices la baja médica, antes de solicitar las prestaciones por desempleo, comiences a trabajar con otro contrato. Cuando finalices este nuevo contrato y solicites las prestaciones no te descontarán el tiempo que permanecieras de baja desde que finalizaste en la primera empresas. "