En la sentencia se condena al imputado por un delito de lesiones (el cual se conformó con la pena y pagó el importe de las lesiones) al abono de la mitad de las costas por absolver al otro imputado del delito del que estaba imputado. (Esto último es un error, porque el segundo solo estaba imputado por una falta).
¿Qué ocurre, que si en unas lesiones después de denunciar el verdadeamente lesionado, el agresor denuncia posteriormente por una falta, ya está obligado el agredido a pagar a su abogado y procurador aún cuando sale absuelto?