Quería conocer vuestra opinión acerca de si existe conflicto de intereses en esta situación:
- Una sociedad con dos socios
- Uno de los socios con su abogado particular interpone una demanda contra la sociedad y otra demanda contra la administradora.
- La sociedad contrata un abogado de un bufete
- La administradora contrata otro abogado que es del mismo bufete.
El resultado es que la sociedad y el socio administrador comparten bufete cuando entiendo que son dos partes diferenciadas. En la demanda de acción social contra la administradora el socio entiendo que actúa en representación de la sociedad y la administradora es la otra parte por lo que se da que las dos partes tienen el mismo bufete.
Sí existe conflicto. Se denomina 'principio de imputación', y está expresamente reflejado en los artículos 28.6 del Estatuto General de la Abogacía y 13.7 del Código Deontológico. Se considera que las normas deontológicas son plenamente aplicables a todos los miembros de una firma de abogados como si de un solo abogado se tratase.
Sí, en el colegio de abogados de cada uno, pero no esperes gran cosa a corto plazo. Estos expedientes llevan su tiempo y una vez sean requeridos, lo lógico es que cesen en su prestación de servicios al cliente y archivo del asunto.