un señor perdió un juicio, y le imputaron el pago de las costas y minutas, pero éste ha muerto y después de un año le piden el pago de las mismas.
¿tiene que pargarlo su herederos? o ¿hay algún modo de no hacerlo?
Deben pagarlo sus herederos, se heredan los derechos y las obligaciones y si no, irán contra la herencia para cobrarlo.
Mejor que paguen voluntariamente, les saldrá a la larga más económico.
Un saludo.