hola.... necesito que alguien me informe sobre como minutar un Procedimiento obre Expediente de Dominio por Exceso de Cabida.
se minuta por razón de la cuantía?
esa cuantía se refiere al exceso de cabida (asunto del procedimiento) ó a la cuantia total del mismo, o sea el valor real de la finca?
y en caso de allanarse de contrario?
espero haberme explicado.....gracias,