Hola necesito orientación en una cuestión de minutacion.
Se trata de una ejecución de monitorio en reclamación de deudas de una comunidad de propietarios. El tema lo estaba llevando la administración de fincas que fue quien presentó el monitorio, pero como para le ejecución hace falta Abogado y procurador me lo pasaron a mi. Presenté escrito de personación y he pedido averiguación de bienes. Es decir, dos escritos mas el otorgamiento del poder notarial con asistencia a la notaria para firmarlo.
La cantidad reclamada es algo menos de 1600 euros.
El caso es que ahora dice la comunidad que el sujeto no debe nada, y no se cuanto tengo que cobrar por los trabajos realizados siguiendo los criterios orientadores del ica Madrid.
Si alguien me puede ayudar se lo agradecería.
Saludos.
Yo entiendo que no estás tasando por condena en costas, sino que tienes que valorar tu trabajo para cobrarle a tu propio cliente por el encargo de un trabajo.
Valora el trabajo y tiempo invertido, que aunque al fina no se vaya a ejecutar, lo has tenido que hacer.
Gracias compañera por tu respuesta.
Efectivamente no se trata de una tasación de costas pero me gustaría ajustarme a los baremos para ni pasarme ni quedarme corta. Y en relación a actuaciones concretas no se como se minuta.
Gracias de nuevo.