Muy buenas a todos.
Mirad, tengo una duda y no sé que hacer por si me meto en un lío fiscal.
Resulta que soy abogado, trabajo en una empresa y estoy de alta en la seguridad social en mi categoría. Llevo los temas judiciales, contencioso administrativo. Ayer me notificaron una sentencia en la que condenan en costas a la administración, por lo que mi duda es si puedo o no minutar.
¿Puedo presentar la tasación de costas y minuta, aunque trabaje por cuenta ajena? ¿Qué puede pasar?
Otra cosa, ¿tengo que añadir el IVA?