Tras la sentencia favorable parcialmente a nuestro favor, el procurador nos pasa una minuta que sobrepasa los aranceles que marca la ley. El problema es que se ha cobrado directamente de la cuenta en la que el juzgado les ingresó la indemnización, así que le hemos pedido que nos aclare por qué cobra más de arancel de lo que marca la ley y no nos contesta.
¿Qué podemos hacer? Ha cobrado unos 200 euros más en concepto de arancel.
Me he mirado la ley 1373/2003, en concreto el apartado a) del artículo 2 y el apartado 1 del art.49, sobre el arancel de derechos de los procuradores, y ahí aplico la escala en la que la cuantía de la demanda queda justo por debajo, incluso sumando los intereses legales obtenidos, y le aumento un 20% a lo que indica la escala porque son los honorarios de la apelación, y no coincide.
Ellos me ponen casi 200 euros más, no coincide ni con el tramo de escala siguiente ni con nada. En la primera instancia me cobraron los honorarios bien. Así que no entiendo por qué no me explican cómo han llegado a esa cifra que me cobran.
Lo malo de poner una queja en el colegio de procuradores es que no me van a hacer ni caso, van a ponerse a favor del procurador, que para eso les paga cada mes por estar colegiado. ¿Ésa es la única vía que tengo de reclamación?