mi situación es la siguiente, compro una parcela y me engañan como a un chino, me denuncia el verdadero dueño de la parcela, pierdo el juicio me condenan en costas , las pago (se estima el valor del juicio por el valor catastral de la parcela, pago al contrario no llega a los 2000 euros) mi abogado, me pasa una minuta por el valor real de la parcela , es decir una minuta de 8600 euros (yo le hize un pago por el valor aprox, según él me dijo, de lo que me iva acostar el proceso de 2500 euros)no hay nada por escrito, me ha hecho jura de cuentas . no fue lo pactado, pero todo esto fue verbal. Esto es justo? puede hacer esto?lo curioso es que éste proceso es del 2007 pero me factura con los baremos del 2009. Alguien me puede decir algo, por favor?.
él no tiene ningún documento firmado donde acredite qué me costo a mí la parcela, sólo se lo dije verbalmente, tiene un fax, sin firmar que yo le mandé porque como tengo que denunciar al señor que me vendió el terreno, con todos los gastos que todos estos procesos me están llevando.
En este momento el Baremo de Honorarios de Abogados es un simple recurso para poder calcular los Honorarios MINIMOS, sin embargo no son de obligatorio cumplimiento.
En el mismo se indica que las normas allí dispuestas no son vinculantes para las partes, pudiendo pactar otros distintos.
Lo normal en estos casos es que el Letrado que ha asistido al Juicio te cobre por el valor real de los derechos que está defendiendo, es decir, por el valor real de la parcela, y que a mayores incluya cualquier incidencia que se haya producido en el proceso, es decir, recusación, apelaciones, etc. Así como cualquier otro factor que haya incidido para que el proceso sea más dificultoso de lo que en un principio se formuló. Esa es la razón por la que se pide por adelantado una provisión de fondos importante, en éste caso te solicitó 2500€, de los cuales tu tenías que haberle pedido recibo, siempre.
Ahora estás en el procedimiento de Jura de Cuentas, puedes oponerte, cierto, pero no por que se hayan valorado por el baremo del 2009, sino por cualquier otra causa válida. Si él no ha reconocido en su demanda que ha cobrado los 2.500€ de provisión, no podrás demostrar que los pagaste, así que mejor olvidarse de ello, aunque los menciones.
Si te opones al pago se inicia un procedimiento nuevo, interviene el colegio de abogados y posiblemente, por las razones que te dije de que ahora los honorarios son libres, le dé la razón al Letrado, y el Juez dicte sentencia condenándote al pago.
¿Ganas tiempo oponiéndote? Si, ganas tiempo.
Yo te recomiendo que acudas al Colegio de Abogados con la Minuta y solicites un informe, van a cobrarte en torno a un 10% de la misma por el informe, y si sale a tu favor podrás oponerte a la Jura de Cuentas con él como base, por excesivos.
Pero si quieres tener un final feliz, es mejor que hables con el Letrado para llegar a un acuerdo en la minuta, intentando que te la reduzca en lo posible, o bien, haciendo pagos parciales hasta su completo pago.
En cuanto a lo de denunciar al vendedor que te estafó, si no estás contento con la forma en la que te llevó el proceso, recuerda que hay muchísimos más abogados. El va a agradecer no tener que llevarte el asunto pensando en si al final le vas a pagar o vas a volver a obligarlo a presentar una jura de cuentas. Te lo digo por experiencia.
Mi humilde opinión, llega a un acuerdo con el Letrado para el pago, que gustosamente lo aceptará, aunque tenga todas las de ganar con la jura de cuentas. Y si no quieres que él lleve el otro procedimiento, que es independiente del primero, aunque se fundamente en él, busca otro Abogado.
Como siempre, ésta es sólo una opinión. Siempre habrá alguien que tenga mejor entender y parecer.
gracias por contestar, tengo recibo del pago de los 2500 euros, pero la cuestión es que él no me dijo nunca que ne iba a cobrar una minuta de 8600, según me dijo rondarían los 2500 euros que le pague, por qué en el recurso no dijo nada de que el iba a cobrar según cuantía real y no procesal? porque me hubiera enterado con anterioridad de lo que pensaba cobrar? cómo es posible que si me hubiera dicho el presupuesto en el 2007, ahora sale una cuantía con los nuevos baremos del 2009?
un tanto curioso lo del presupuesto de éste señor
otra cosa,
me representa otro abogado claro está, que me va a llevar este nuevo proceso, me cobra con hoja de encargo de por medio 2500 más iva, y la parcela sigue siendo la misma. Ya le he pagado su correspondiente provisión de fondos, porque no es que no quiera pagar, pero me siento completamente estafado, ya que si me hubiera dado en su día un presupuesto de 8600 euros te aseguro que él no me hubiera llevado el caso.
por otra parte en el colegio de abogados se desentienden, ya que hice un escrito para que me dijeran si estaba bien o mal lo de la minuta, y esto hará más de 2 meses, y sin contestación , es más, sigo adelante con el juicio de jura, y no quería ningún procurador representarme, tuve que ir al colegio de procuradores para que me asignaran uno ellos. MUY TRISTE
Por favor, no pensé en ningún momento que no querías pagar, sino que te sorprendió la minuta, cosa que es totalmente normal si no te ha avisado de la cuantía sobre la que va a minutar. Y como de tus palabras no se desprendía de ninguna manera que en la Jura de Cuentas él hubiera reconocido la provisión de fondos, no se me ocurrió otra opción que la de que negociaras con él, pues en ese caso, seguro que sí reconocía la provisión recibida, a la par de que podías conseguir un descuento, o por lo menos pagar a plazos (no por no tener el dinero, sino para que no se te hiciera tan fuerte el pago).
Cuanto siento lo del colegio de Abogados. El colegio tenía que contestarte en un plazo, como máximo de 3 días, pues en la jura de cuentas apenas tienes 10 días para oponerte. Pero hay de todo, por lo visto. Que bueno que sí tenías recibo de la provisión, creí entender que no lo tenías, y no tendrías manera de probarlo, de esta forma sí. Espero de verdad que tengas suerte! En estos casos no sólo vale la razón sino la suerte de poder hacerla valer. Por favor, cuando tengas respuesta al juicio, nos lo cuentas.
Has hecho muy bien firmando la hoja de encargo, con el presupuesto, con el nuevo abogado, y estableciendo ya la cuantía del pleito en el mismo. Como te dije, los baremos son simples referencias no vinculantes, lo realmente vinculante es lo que se pacta entre abogado y cliente, y con la Hoja de Encargo te lo aseguras. Ojalá todos los clientes entendieran eso, pero lamentablemente no es así. Yo como abogado siempre la ofrezco, y la firman a regañadientes. Como cliente no se me ocurriría encargar un asunto sin hoja de encargo de por medio.
Aunque en dicha hoja de encargo se indica que no están incluídos gastos necesarios (gastos de perito, etc) ni de incidentes, al estar la cuantía determinada, cualquier exceso en el precio es asumible, si es que hubieran dichos eventos, que no tiene porque haberlos.
Y si, tienes razón, muy triste.... y por culpa de unos pocos, cargamos todos con la fama.
No entiendo porque no quería representarte ningún procurador... de pena.
Hola,
ya os contaré, es que una factura donde te digan que tienes que pagar 6000 euros más de lo que te dicen, pues claro que te entra el tembleque.
Mi abogado me dice que se ha pasado 3 pueblos con la factura, pero va a ser la palabra suya contra la mía. Lo del procurador, pues supongo que al ser en Segovia, y como todos se conocen no querrán ir contra un compañero, es más me he visto obligado a coger a un abogado de Madrid, porque allí tampoco querían representarme, me decían que era una cuestión de ética profesional............no van en contra de un compañero. me he metido en camisas de once varas porque veo que hay un gran corporativismo, pero me siento tan impotente y estafado.................
saludos
esto es lo que me han respondido en otro foro.
saludos
Según las últimas novedades legislativas, los Colegios de Abogados ya no tienen atribución para revisar u orientar los Honorarios de los Abogados en ejercicio. Puede ver la Ley 17/2009, de 17 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servcio y su ejercicio y la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su
adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
Por tanto, los Colegios de Abogados en general y para adaptarse a la nueva legislación están procediendo a derogar en su totalidad los actuales Criterios Orientativos en Materia de Honorarios aprobados por acuerdo de la Junta General; la Comisión Delegada de Honorarios, a requerimiento de los Tribunales, emitirá sus informes en Tasaciones de Costas, Juras de Cuentas, Asistencia Jurídica Gratuita, Informes Periciales y Arbitrajes; a suprimir la emisión de dictámenes sobre honorarios profesionales en todos aquellos casos en los que su solicitud no proceda de los órganos judiciales, exceptuando la emisión de arbitrajes cuando haya sometimiento expreso de ambas partes; a recomendar y promover la confección de hojas de encargo y presupuesto a la hora de fijar los honorarios profesionales.