¿En una condena en costas por temeridad, en un juicio verbal de reclamación de cantidad por 1.996 euros, el abogado favorecido por la condena en costas por temeridad puede hacer una minuta de sus honorarios sin límite alguno o está limitado por el baremo de honorarios del respectivo Colegio de abogados y, en todo caso, puede llegar a superar esa minuta la cantidad reclamada en la demanda?
La tasación de costas según tarifa del Colegio y con la limitación pertinente de 1/3, caso contrario ya se la "ajustará" el Letrado de la Administración. Por cierto, ya es raro ver una condena en costas de esas caracteristicas.
Me disculpo, jamás he tenido una condena en costas por temeridad. De cualquier forma no sería operativo porque según tarifa del Colegio de Gijón salen unos 600 euros.