El requisito general para acceder a las ayudas del Programa de Fomento del Empleo 2008 del MTAS es encontrarse inscrito en la Oficinas de Empleo como desempleado, lo que no ocurre con los trabajadores ya empleados. Incluso existen previsiones para evitar que se produzcan pillerías, como la de volver a contratar con una medida de fomento de empleo a alguien que ha dejado la empresa.
Al margen, existe la posibilidad de que en la Comunidad Autónoma en la que se presten servicios se pueda contemplar la existencia de alguna medida que acoja este hecho, ya que en la materia de medidas de fomento de empleo el Estado y las CC.AA. tienen competencias concurrentes.
Un trabajador que tiene un contrato indefinido desde hace 16 años y ahora se le reconoce una minusvalía del 51%, se puede acojer la empresa algun tipo de bonificacion de un trabajador minusvalido que se le reconoce la minusvalía una vez ya contratado.