Planteo en este foro la pregunta, porque creo que aquí puedo tener alguna respuesta.
La cuestión es: trabajador por cuenta ajena que tiene una enfermedad crónica (HIPERTENSION). En principio, sigue tratamiento desde hace años, y no presenta otras complicaciones que afecten a su trabajo.
La DUDA: al tratarse de una enfermedad crónica, ¿entendéis que podría solicitar, y obtener, el reconocimiento de un grado de minusvalía? Obviamente, NO SE TRATA de solicitar ayudas, pensiones, ... a la Seguridad Social, sino el beneficio fiscal (IRPF, IVTM, ...).
Al tratarse de un trabajador por cuenta ajena, fijo, entiendo que no tendría su empresa beneficio alguno (puesto que ya está contratado) en materia de cotización.
He visto numerosos casos en que se concede un grado de (por ejemplo en una hipoacusia o pérdida importante de la capacidad de oir, sobrevenida por el excesivo ruido en el puesto de trabajo) el 28 por 100, y como en la solicitud se indicó que sólo era a efectos de "beneficio fiscal", se añadía el 5 por 100 necesario para llegar al 33 por 100 con otro concepto que no generaba derecho a solicitar pensión.
En este caso, al tratarse de una enfermedad crónica (y que podría generar diversas e importantes complicaciones de salud a nivel personal y, consecuentemente, laboral) ¿SABEIS DE ALGUN CASO en que sí se haya concedido? O ¿sabéis de algún documento oficial o relación de enfermedades crónicas que señale los porcentajes que se les asignan para valorar?
Me he extendido un poco más de lo esperado. Lo siento y os doy anticipadamente las gracias.