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minusvalia e IP

5 Comentarios
 
Minusvalia e ip
10/10/2004 22:51
Hola, a ver si podeis decirme si la ley,
Ley 51/2003, de 2 de diciembre, BOE del 03/12/2003., en el parrafo que dice,


2. A los efectos de esta ley, tendrán la consideración de personas con discapacidad aquellas a quienes se les haya reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100. En todo caso, se considerarán afectados por una minusvalía en grado igual o superior al 33 por 100 los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, y a los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.

quiere decir lo que dice y si esto esta vigente, si es asi por que no se eplica, quiero pensar que es por falta de procedimiento para realizarlo, tambien que estando aprobado si se solicita la minusvalia estando en situacion de IP ( menos en el grado de IPparcial), les sera reconocida automaticamente.
Os agradeceria me confirmarais si es asi o si me equivoco..muchas gracias.
un saludo

11/10/2004 14:20
HOla

Lo que quiere decir esto es que si te dan una incapacidad permente en el grado que sea (total, absoluta o gran invalidez) se supone que como mínimo tienes una minusvalía del 33% (que logicamente en función de las secuelas puede ser mayor) y por tanto tienes derecho al reconocimiento de minusválido y a los beneficios que este colectivo pueda tener.


El reconocimiento no es automático, debes instralo tú ante el organismo correpondente (El INSERSO u organismo autonómico que se ocupe de k los minusválidos si está transferida esta competencia.)

Saludos.
02/11/2004 23:54
en la practica no es asi yo he hecho una consulta al abogado de comisiones obreras y me ha dicho que no puedo solicitar la minusvalia porque la ley Ley 51/2003, de 2 de diciembre, BOE del 03/12/2003 sus puntos de aplicacion no estan articulados para poder obligar al inserso a dicho reconocimiento
24/05/2008 20:30
Hola
Qué ocurre si la Invalidez Parcial es concecida con anterioridad a la entrada en vigor del RD 1971/1999. Expongo a continuación mi caso:

Me concedieron una invalidez permanente en grado parcial en el año 1998, no he solicitado la minusvalía, pues entiendo que de acuerdo con la Disposición transitoria única del R.D. 1971/1999 de 23 de diciembre, me ampara el no solicitarla, cuando dice que estarán exentos "... incluidos los supuestos de reconocimiento de grado por homologación de las situaciones de invalidez declarados por la seguridad social, no precisarán de un nuevo reconocimiento. Ello sin perjuicio de las ....".
¿Es correcta mis observaciones que me ampara el presente decreto en que no necesito solicitar la minusvalía, pues tal disposición me la concede?.
Esperando sus noticias.
Gracias por todo, atentamente
24/05/2008 23:19
El Real Decreto 1414 / 2006 , regula la equiparación de una pensión de incapacidad permanente total de la Seguridad Social o Clases Pasivas con una discapacidad del 33 %.

Un saludo
25/05/2008 11:25
Hola Mane
Es verdad, que el RD 1414/2006, regula dicha situación, pero no es mi caso. ya que mi Invalidez permanente es parcial con un grado superior al 33 por 100. El asunto está en el RD 1971/1999 y su interpretación de la Disposición transitoria única, que habla con caracter general de invalidez permanente, sin denominar ningún tipo de grado, bien sea parcial, total, absoluta o gran invalidez. He ahí la cuestión.
Gracias por tu interés.
saludos