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Mi tarjeta no me permite trabajar y no lo entiendo

1 Comentarios
 
Mi tarjeta no me permite trabajar y no lo entiendo
28/05/2021 15:20
Voy a tratar de hacer un pequeño resumen.
Me habían seleccionado para trabajar en un restaurante de comida rápida pero me dijeron que si no demostraba el DNI de "quien me dio mis papeles", no podría ser contratada

Nací en chile y mi madre me trajo aquí a España en 2004, yo tenía 5 años. Tengo mis pasaportes y escolaridad que validan esto

Pero en 2017 mi madre se divorcio de él que era entonces, mi padrastro, por violencia de género

Hace ya unos meses renové mi actual NIE, tarjeta de residencia permanente, pero a bajo de mi firma coloca tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la unión. Me renuevan por 10 años, otra vez. Y Anteriormente salía su dni y los nombres de ese hombre, al renovar a esta nueva, solo sale su dni

Mi grandisima duda es, realmente necesitaré siempre su dni? Para trabajar?
(ya había trabajado con contrato)

Puedo trabajar con mi tarjeta? O porque no puedo? Tengo muchas dudas en mi cabeza y no me gusta no entender las cosas.

Muchas gracias por su atención
01/06/2021 00:28
223Miranda
Hola:

1.- Usted, por lo que indica, ya ha adquirido el derecho de residencia permanente en España en régimen comunitario. Ese solo hecho ya le da el derecho a residir indefinidamente en España y a trabajar.

2.- Dado que se ha extinguido el vínculo matrimonial entre su madre y su padrastro, a través de quien usted obtuvo la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión, pero por lo que indica, tal circunstancia se ha producido cuando ya usted había adquirido el derecho de residencia permanente, eso no afecta en nada a su derecho de residencia en España, porque usted ya ha adquirido el derecho de residencia permanente en el país, con todo lo que ello comporta (el derecho a residir indefinidamente y trabajar en España) y si se produjo la extinción del vínculo familiar con el ciudadano de la Unión, usted continúa conservando el derecho de residencia a título personal porque ya adquirió el derecho de residencia permanente. Basta con que su tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión diga RÉGIMEN COMUNITARIO para que pueda trabajar, porque el régimen comunitario lleva implícito el derecho a trabajar (por eso no llevan, como las de régimen general, la especificación AUTORIZA A TRABAJAR, porque no es necesario, pues no se trata de una autorización sino de un derecho que va implícito).

3.- Desde hace algunos años ya no se pone el nombre de la persona que dio el derecho de residencia en régimen comunitario sino solo su número de DNI o NIE si es de otro país de la Unión Europea. Pero eso no es algo que deban exigir los empleadores y mucho menos a alguien que ya es residente permanente.

4.- Desde el momento en que su madre se divorció de su padrastro debió comunicar, tanto ella como usted, el hecho del divorcio a la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia. Así la Oficina de Extranjería tendrá conocimiento del hecho y usted podrá en la próxima renovación de su tarjeta ya tener una en la que no salga el DNI de su padrastro.

5.- Con todo, si usted es chilena, puede pedir la nacionalidad española por residencia porque cumple de sobra el tiempo de residencia exigido. Así ya dejará de estar sujeta a la normativa de Extranjería.

Un cordial saludo.