Creo que la respuesta de Expertolaboral no es correcta: si yo considero que las condiciones y/o la actividad que realizo no son las adecuadas con mi formación o con mis intereses el empleador no puede aprovecharse de que su empleado parcial es desempleado para fijar a este de por tiempo indefinido a un empleo parcial con la coacción de que el desempleado pierda la parte proporcional de su prestación si éste renuncia a su contrato. Esta posibilidad no se ajusta a derecho. No puede ser. ¿Tiene que existir un artículo en alguna ley o reglamento que tipifique dicha adecuación?. Y esto es lo que quiero saber.
El contrato estipula que se deben hacer 78 horas en un año y he hecho 75 en casi dos años (no ha habido más producción). Quedan 3 horas por hacer (un 20% de un taller). ¿Se debe renovar el contrato o no se termina nunca y las horas a realizar -78- son una formalidad que no establece una vinculación temporal?
Hola. Compatibilizas el subsidio de mayores de 52 años ( al 75 %) con el trabajo al 25% de la jornada( 2 horas).
Si pides la baja voluntaria, seguirás cobrando el subsidio pero al 75 % que vienes cobrando.
En cambio si la empresa te cesa por cualquier motivo, cobrarías el subsidio al 100 %.
Saludos
Mi prestación tras renunciar a contrato indefinido a tiempo parcial
Si trabajo dos horas semanales por un contrato indefinido a tiempo parcial (talleres culturales) y decido no continuar más ¿Perderé la prestación por desempleo para mayores de 52 años que estoy compatibilizando?