La persona que presta su aval en la escritura de hipoteca, NO tiene ningún derecho de propiedad sobre la vivienda que adquieres.
Como avalista que es, si esa persona en el día de mañana tiene que afrontar algún pago por tu cuenta al banco, lógicamente que te lo reclamará a tí posteriormente, pero es el único derecho que tiene por su posición de avalista, pero te repito que no tiene ningún derecho de propiedad ni de otro tipo sobre la vivienda. Adios.
si compro un piso y lo quiero poner a mi nombre pero necesito otra nomina mas a parte del aval, la persona que presta su nomina aunque solo sea a efectos de otorgar la hipoteca, tendra derechos sobre este?Gracias,ah a esa persona y a mi no nos uniria nada.