hola! mi caso es el siguiente: mi pareja es de nacionalidad bulgara y residente en españa, yo soy argentina y resido en argentina.
Es el mismo procedimiento para que podamos casarnos?
o necesitariamos mas documentacion
yo viajo cada vez que la visa de turista me lo permite.
Por lo que has explicado si tu pareja reside en España y siendo ambos extranjeros tenéis la posibilidad de casaros conforme a la ley española dado que celebraríais el matrimonio en España, por lo que he podido entender. Podríais celebrar en matrimonio tanto de forma civil como religiosa.
Además, también os podéis casar en España conforme a la ley de cualquiera de vuestras nacionalidades, es decir, conforme a la ley búlgara o la ley argentina, incluyendo las formas religiosas que vuestras respectivas leyes permitan (siempre que no vayan contra el orden público).
Resumiendo, los requisitos que os exigirán serán los mismos que para una pareja de españoles.
Espero haberte aclarado la duda y te dejo aquí copiado el art. 50 del Código Civil que es donde se regula esta situación, por si te interesa.
Art. 50 CC: «Si ambos contrayentes son extranjeros, podrá celebrarse el matrimonio en España con arreglo a la forma prescrita para los españoles o cumpliendo la establecida por la ley personal de cualquiera de ellos.»